Seguimos con esta nueva Guía «paso a paso» dedicada a la cumplimentación y presentación de la Declaración anual de operaciones con terceras personas, que corresponde al modelo 347 y que tiene que presentarse durante el mes de Febrero.
Una vez que tengas instalado el programa de ayuda y el modelo 347 del ejercicio correspondiente listo, ya puedes empezar a cumplimentarlo.
Nota: Este año no he tenido que hacer ninguna declaración del modelo 347 (por aplicación de exenciones), así que hacer las capturas se ha complicado un poco. Espero solucionarlo con una buena descripción de lo que hay que hacer a cada paso cuando carezca de dichas capturas.
Cómo cumplimentar el modelo 347
1- Abre el programa de ayuda de informativas
Según si instalaste el programa con un instalador o directamente descomprimiendo, pulsa en el icono que se haya creado en tu escritorio o bien vete a la carpeta AEAT, y dentro de ella a la carpeta «Informativas» y pulsa “plataformainformativas.jar”.
2- Abre un nuevo modelo 347
Recuerda que tienes que tener instalado el modelo correspondiente en el programa. Ten cuidado si ya has usado antes este programa, ya que te sugerirá abrir el último modelo que abriste. Personalmente, y para que no me líe cada vez que lo abra, yo prefiero que siempre se abra en blanco y ya después yo elegir qué quiero hacer y qué modelo necesito, así que no acepté esa sugerencia y además opté porque no volviera a preguntármelo, pero eso es a gustos.
Así, en la pantalla principal, pulsa sobre el icono de «Abrir modelo».
Se abrirá una nueva ventana dividida por ejercicios (ojo, para hacer las capturas he usado un programa nuevo y solo con el modelo 347 cargado, pero a medida que metas más modelos se irán añadiendo). Pulsamos sobre el signo + del año que queramos cumplimentar y aparecerá el listado de los modelos disponibles.
Pulsamos sobre el modelo 347, con lo que se resaltará en azul y se activarán todos los botones de la parte de abajo. Pulsamos sobre «Abrir».
Si por la razón que fuese te liaras (por ejemplo, porque tienes muchos modelos cargados), y no estuvieses seguro de cual es el que tienes que abrir, no te preocupes. Pulsa sobre el modelo que quieras y en lugar de «Abrir», pulsa antes «Mostrar detalles» y el programa te dará la información del modelo. Una vez que compruebes que es ese el que quieres, pulsa ya «Abrir».
3- Abre un nuevo documento
Se abrirá el modelo 347, pero totalmente vacío.
Tienes que introducir los datos, así que tendrás que indicarlo pulsando sobre el icono de un folio en blanco que encontrarás arriba a la derecha que corresponde con «Nueva declaración». Púlsalo.
4-Pon tus datos como declarante
La pantalla del programa se dividirá en dos, y en la mitad de la derecha podrás poner tus datos como declarante y a la izquierda te aparecerán reflejados la confirmación de los mismos. Cuando esté todo correcto, la carpeta que aparece en «Estado» pasará a tener un signo de «visto bueno» en verde.
5- Pon los datos de los declarados
Es decir, de aquellos clientes o proveedores con los que hayas facturado más de 3.005,06 euros el año pasado.
Para ello, pulsa sobre la pestaña «Declarados» o sobre el botón «Ver declarados de la derecha.
Al igual que pasaba con el declarante estará vacío.
Así que habrá que pulsar sobre el icono de «Nuevo registro» que también estará en esta pestaña para poder introducir sus datos.
En la parte de la derecha aparecerá un nuevo formulario para que introduzcas los datos de uno de tus clientes o proveedores con los que has facturado más de 3.005,06 euros (o 300,51 euros según tu tipo de actividad), indicando cuánto ha sido la facturación por trimestres. Tienes que indicar el tipo de operación que fue (Clave de operación) con una letra, pero la explicación de cada una la puedes encontrar pulsando en el cuadrado que está al lado.
Recuerda también que tienes que cumplimentar uno de estos formularios de declarado por cada uno con el que hayas facturado más de 3.005,06 euros, así que, si son varios, cuando termines con uno pulsa de nuevo en «Nuevo registro» para que se genere otro.
Ojo, porque si te pagaron (o pagaste) algo en metálico, tendrás también que indicarlo en la casilla que encontrarás al final de este breve formulario.
6- Saca un borrador
Vuelve a la pestaña «Declarante» y comprueba que no hayas cometido ningún error. Para ello pulsa sobre el icono del aspa verde (Comprobar avisos y errores).
Además, es siempre interesante sacar un borrador. Para ello pulsa el icono de «Listado resumen de la declaración» que corresponde con la imagen de la impresora.
Se abrirá una ventana de aviso para advertirte que se va a conectar a la AEAT por Internet. Acepta.
Una nueva ventana te dirá donde va a descargarse el PDF y el nombre que le dará. Puedes cambiar la carpeta donde se descargará y el nombre que le pondrá. También tienes la opción de que no vuelva a salirte este aviso, pero no te lo recomiendo, así siempre te recordará donde descarga los borradores.
Por último te aparecerá una ventana para elijas el visor de PDFs que prefieras usar. En este caso no está mal que elijas uno y te olvides de esta ventana después, pero sino estás todavía seguro y no te apetece buscar más tarde cómo cambiar tus preferencias en el programa, puedes dejarlo desmarcado y tomar la decisión más adelante. Pulsa «Aceptar» y se abrirá el PDF con el borrador.
Comprueba que todo está correcto y ya la próxima semana explicaré como presentarlo en la Agencia Tributaria.
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Muchas gracias Marta, de parte de un ferviente seguidor :))
Gracias a ti por tus palabras, Xavi 🙂
Creo que lo has solucionado bien Marta!
Pero cuando veo Agencia Tributaria y la mentira de qué Hacienda somos todos, me pongo a temblar! Ya que le falta una coletilla, y es… todos los que actúan de manera legal, y no la panda de chorizos que hay por todas partes!!!! a los que no se persigue…
Será un efecto secundario de ver a Rajoy en el DEN? jejejeejej
Un abrazo!!!!
Tú siempre tan guerrera, Rosa 😉
El año pasado pregunté a Hacienda si debía presentar el Mod. 347 como arrendadora, aunque no llegara a los 3000 euros, y me pareció entenderles como que sí, para indicar la referencia catastral. Yo lo envié pero todavía no lo tengo muy claro. ¿Hay alguna normativa al respecto?
Hola Diana, para consultas particulares, este no es el lugar donde plantearlas y tendrías que ponerte en contacto conmigo de manera profesional.
En cualquier caso, si en Hacienda ya te dijeron que sí, quizás era por esas circunstancias específicas que yo desconozco, así que me temo que tampoco sería lo más adecuado darte aquí una contestación legal genérica que pudiera confundirte aun más.
Un saludo.
Muchisimas gácias.
Me ha sido muy útil para rellenarlo aunqué la web de hacienda ha variado los formatos pero cuando ya por fin lo envio me sale una ventanita donde dice «Error en la conexión (3)» y no es mi conexión la que tiene un error pues la he comprobado.
Quiero decir que en hacienda me dieron unas fotocópias informativas que además de tener una deficiente calidad de impresión no me sirvieron para nada. También me facilitaron un tel. de información pero claro era un 902. Buscando en internet halle el equivalente 900567765 en el que una odiosa máquina contestadora después de hacerte pulsar unos núeros te va repitiendo que el tiempo mínimo de espera es superior a trés minutos; despues de aprox. cuatro minutos te sale un operador al cual diriges tu petición y te informa que te va a pasar con un técnico, continua la larga espera con la màquina que te va repitiendo que el tiempo de espera es superior a los trés minutos y pasados otros cuatro minutos se corta. Eso me ha pasado cuatro veces a distintas horas del dia
Tu problema (quitando cualquier problema informático, porque de eso no sé nada) puede ser que aun no ha empezado el plazo para presentar el 347 de 2014. Espera al 1 de febrero, Narcís, y seguro que puedes 😉
Hola, muchas gracias por la explicación.
Yo soy propietario/arrendador de un local del que obtengo unas rentas de alquiler y me surgen un par de dudas al rellenar el 347:
1ª tenemos acordado que el IBI lo paga el arrendatario, ¿lo debo incluir sumándolo en el primer trimestre, que es cuando me lo paga? ¿o solo hay que poner las rentas y ya está?
2ª ¿la clave de operación en mi caso seria la B?
Muchas gracias de antemano.
Hola, Miquel. En el blog no se resuelven casos particulares, pero puedes ponerte en contacto conmigo por aquí para tratar el asunto de forma profesional.
Hola!!
todo super bien explicado , lo único que a mi cuando estoy haciendo el borrador y me avisa que se va a conectar a Internet, me sale una pantalla donde me dice que compruebe mi conexión y no se donde esta el problema.
Gracias
Pues parece un tema de tu conexión, Marina, así que me temo que no puedo ayudarte en eso.
¡Vuélvelo a intentar y suerte! 😉
¡Muchisimas gracias!
estaba un poco desesperada con mi torpeza. Ha sido de mucha ayuda, claro y sencillo.
Parece que en Hacienda nos quieren tomar el pelo poniendo las cosas difíciles…
Hola Marta, estaba viendo el telediario y ha salido que las comunidades de vecinos tienen que presentar el modelo 347. Soy la presidenta de mi comunidad. He estando investigando y parece que lo tengo más claro pero si me lo confirmas me ayudarías mucho. Si nosotros tenemos limpieza 1200, obra con X SA por 1500, y pintura por 1500, entiendo que como ninguno supera los 3000 no estamos obligados a presentarlo. ¿Es correcto? muchas gracias
Lo siento mucho, Raquel, pero las consultas particulares no se contestan aquí y son de pago. Si quieres, puedes ponerte en contacto conmigo y comprobaré vuestro caso particular. Un saludo.
¡Buenas tardes, Marta! Tu web es como «un regalo del cielo». Soy secretaria de un centro público y este año debemos cumplimentar también el módelo 347. Solamente superamos el importe con dos proveedores. Con tu explicación, me ha quedado bastante claro cómo rellenar el formulario y ya lo tengo descargado e instalado en el ordenador. Si bien, el problema viene en cómo presentarlo dado que al ser «Administración pública» según las instrucciones de hacienda tenemos que hacerlo vía telemática con certificado electrónico o DNI-e. ¿Cómo hacemos eso? ¿tenemos qué solicitar uno en hacienda como centro público? No paro de llamar al teléfono de Atención de Hacienda y siempre están los agentes ocupados con más de tres minutos de espera y no importa que esté al teléfono más de 5, nunca entra la llamada.
Muchísimas gracias por tu atención,
P.D. Ha sido un alivio poder leer tu explicación y post.
Me alegro mucho que te haya ayudado, Tanya, y me sorprende que vuestra asesoría no esté ahí para echaros una mano, pero si no es así y necesitáis asesoramiento y opciones, ya sabéis donde encontrarme para contratarme 😉
Hola,
soy nuevo autónomo y cobro por mis servicios con un 21% de iva y 9% de retención.
Mi duda es qué cantidad sumar por cada trimestre:
¿la base imponible?
¿el total con IVA y retención?
¿otra cosa?
muchas gracias
saludos
Jorge
Lo siento, Jorge, pero no se resuelven casos particulares en el blog. Para ello tendrás que ponerte en contacto conmigo de forma profesional.
Mil gracias!!
me ha resultado vital! 🙂
saludos!
igor