Desde el 1 de Enero de 2014 la Agencia Tributaria ha modificado el sistema de formalización de los procedimientos que se realizan en su sede. Eso ha derivado en la desaparición de muchos de los formulario en papel que se compraban y rellenaban en sus oficinas y que ahora los obligados tributarios deban utilizar algunos de los múltiples sistemas de elaborar dichos formularios de forma electrónica.
El problema surgió porque muchos particulares, al no estar obligados antes en ninguna Administración Pública a emplear estos mecanismos de eAdministración, se encontraron con que, al tratar de acceder y entregar las declaraciones, no sabían como hacerlo, y por desgracia parece que la web de la Agencia Tributaria no ha sido lo suficientemente clara al proporcionar la información necesaria para ello, por lo que, aunque sí está todo en su web, no está a simple vista para los que nunca hayan entrado en ella y la gente se desesperaba a medida que pasaba el tiempo, se acercaba la fecha límite para entregar las declaraciones, y no eran capaces de hacer que les funcionara.
Hasta «El Administrado 2.0» empezaron a llegar muchas de estas personas y la entrada en la que explicaba cómo se usa la Cl@vePIN (antiguo PIN24H, para los que os registrasteis en su momento y no os habeis enterado de los cambios que ha habido en los últimos meses) se empezó a convertir en un consultorio sobre como tramitar el IVA, así que decidí redactar unas entradas propias para ver si así se resolvían mejor muchas de esas dudas.
Pero empecemos por el principio:
¿Quién tiene la obligación de presentar sus declaraciones por Internet?
La respuesta corta es todos, pero hay matices.
Así, los grandes contribuyentes y las grandes empresas, así como las sociedades (SL y SA) deberán hacerlo en todo caso y utilizando un certificado digital.
El resto de entidades (asociaciones, fundaciones, cooperativas) deberán presentar las autoliquidaciones por Internet con un certificado electrónico o buen generando una predeclaración y presentándolo en papel, y las declaraciones informativas por Internet con un certificado electrónico o en soporte.
En el caso de los particulares, tendrán más opciones y no estarán obligados a tener certificado electrónico o a usar el DNIe, sino que también podrán usar la nueva Cl@vePIN.
Yo soy una persona, no una sociedad, ¿por qué Hacienda me complica al tener que hacerlo también por Internet?
Hacienda lleva tiempo apostando por la Administración electrónica y tratando de reducir el papeleo, con el objetivo común de todas las Administraciones de alcanzar el #PapeleoCero para 2017.
En el caso del IVA, Hacienda eliminó los formularios en papel que hasta Diciembre de 2013 se podían comprar en sus sedes, así que ahora, para conseguir los formularios 303 y 390, debes utilizar el programa que encontrarás en su Sede Electrónica y cumplimentarlo online, y para entregarlo, sino tienes certificado electrónico (yo recomiendo CERES) ha creado un sistema, muy cómodo y sencillo que funciona en combinación con tu teléfono móvil, llamado Cl@vePIN.
Para el caso del modelo 390, la declaración informativa anual del IVA se podrá confirmar enviando un SMS a la Agencia Tributaria sino tienes DNIe, certificado digital o PIN24H.
Para explicar todo esto un poco mejor, he hecho unas entradas con unos «paso a paso» explicativos, con capturas para entenderlo mejor.
Que no os líen las fechas. Recordad que las declaraciones del IVA del 4º Trimestre se pueden entregar hasta el día 30 de Enero (si domiciliáis el pago, hasta el 25), y el resto de trimestres es hasta el día 20 (el 15 si domiciliáis el pago), así que hay tiempo para que estos «paso a paso» os ayuden a los que esta sea la primera vez que acudís a la sede electrónica de Hacienda a hacer vuestras declaraciones, incluso si no tenéis certificado digital para cumplimentarlos:
Modelo 303:
- Cómo presentar el modelo 303 del IVA sin Cl@vePIN ni certificado digital.
- Cómo presentar el modelo 303 del IVA con Cl@vePIN.
- Cómo presentar el modelo 303 del IVA con certificado digital.
Modelo 390:
- Cómo cumplimentar el modelo 390 del IVA.
- Cómo sacar un borrador del modelo 390 del IVA.
- Cómo presentar el modelo 390 del IVA sin Cl@vePIN ni certificado digital.
- Cómo presentar el modelo 390 del IVA con Cl@vePIN.
- Cómo presentar el modelo 390 del IVA con certificado digital.
Cómo pagar:
¿Os parecen útiles estos nuevos «paso a paso»?
¿Y el 130 de T4 se puede entregar en papel también? Porque yo tampoco he encontrado para este modelo la opción del PIN 24 horas y hacer funcionar el DNIe ha sido misión imposible 🙁
Si te ves muy mal con el modelo 130 online, Ivan, tengo buenas noticias para ti: no se elimina el formato preimpreso (el que se hace a mano) hasta enero de 2015 😉
Más que verme muy mal, lo que veo es que cuando no falla el DNIe falla Java y uno por otro, en ninguno de los ordenadores en los que he podido probarlo ha funcionado. Muchas gracias!
Muchas gracias por la ayuda.
.El 390 parece que lo tengo encarrilado. El 130 lo salvo gracias a que se puede presentar en papel.
A ver qué pasa con el 303. Me tendré que intentar sacar un certificado electrónico si lo del pin24h no lo arreglan. Espero que no cueste mucho tiempo sacar el certificado de marras (ya he obtenido un código de CERES).
Para este cuatrimestre no va a ser posible presentar el modelo 303 con el PIN24H, Jose. Habrá que esperar al próximo.
De todas formas, mañana publico una entrada sobre cómo cumplimentar el 303 sin PIN24H ni certificado, a ver si así podéis presentarlo.
Eso sí, si ya has solicitado el CERES, te animo a completar el procedimiento aprovechando que vas a tener que entregar el 130 en la AEAT y allí suele haber un funcionario habilitado para identificar a los solicitantes. Te aseguro que una vez que lo tienes bien instalado en el ordenador, te ahorra muchísimo tiempo y controles online, y cada vez en más Administraciones.
Serias tan amable de poder enviarme una pequeña guía para realizar yo mismo mis declaraciones de IVA,ya que con el poco trabajo que tengo no puedo gastar mas dinero en asesoría.Gracias
Me temo Juan Alfonso que en este momento no dispongo de ninguna guía. De hecho, lo que voy a publicar sobre el tema, lo estoy elaborando aún en este momento.
Si tienes mucha prisa, prueba a mirar la información colgada en la web de la AEAT, es la única guía que conozco. Y por supuesto, como el resto, estás invitado a volver al blog a ver si mis entradas te ayudan.
Ya he leído tu guía sobre cómo presentar el modelo 303 sin pin24h ni certificado electrónico, y te agradezco muchísimo la ayuda.
Tengo que ingresar, así que simplemente llevo al banco el documento que ya he impreso en mi ordenador y pago lo debido.
Sólo me queda una duda muy tonta. Antes el 303 tenía tres copias (una para el contribuyente, otra para la entidad colaboradora y una tercera para la administración). Ahora sólo hay dos copias (una para el currito y otra para el banco). Supongo que el banco pasa a la administración su copia y yo ya no tengo que llevar nada más a la agencia tributaria., como ocurre con el modelo 130 que también tiene dos copias desde ya hace tiempo.
De todas formas, muchas gracias. Esta página me ha ayudado muchísimo.
Me alegro mucho haberte ayudado, Jose, y vuelve por aquí en un par de días si necesitas ayuda con el modelo 390 😉
marta muchas gracias ..he rellenado el modelo 303 gracias a ti..un tyutoirial exelente.saludos.
Me alegro, Alfredo. Y gracias por comentar 😀
Muchísimas gracias, Marta, por poner algo de luz en este nuevo desatino del gobierno. Espero expectante la entrada sobre el 390.
Un cordialísimo saludo.
De nada, Julian. Muchas gracias a ti por tus palabras.
Gracias Marta por tu ayuda. Dime una cosa, por favor. Una vez realizo el formulario del modelo 390 ¿cómo se hace para enviarlo a Hacienda?
A partir de mañana explico cómo, Carmen, ya que depende del sistema que utilices: con certificado, con PIN24H o sin ninguno de ellos.
Hola Marta.
¿Qué pasa si has pasado de día 25 para domiciliar la cuenta? He enviado el modelo 303 y le he tenido que dar a la opción adeudar por ser día 26. ¿Ahora con el pdf del modelo debo ir a mi banco para hacer la transferencia?
Un saludo
Exacto, Inma, pasado ya el día 25 de enero no existe la opción de domiciliar el pago.
Gracias Marta.
hola Marta , quisiera saber como enviar el modelo 390 con certificado digital
Ana, el 29 publicaré el paso a paso para el certificado digital.
Normalmente con certificado se tienen menos problemas y puedes echar un vistazo a lo ya publicado respecto a la presentación del 390 y la presentación del 303 con certificado digital. Seguro que te ayuda si no quieres esperar.
Hola marta, he ido al banco con el pdf q me generó el envío del modelo 303, opción adeudar xq fue después del 25. En el banco dicen q no pueden hacer el pago con ese pdf! No sé como pagar! Y estamos a último día. Cómo puedo pagar?!
¡Uff, espero que lo hayas resuelto, Inma! Esta tarde no he podido entrar en el blog, así que no he visto tu mensaje hasta ahora.
El banco tenía que aceptar (si ibas personalmente con el papel) el modelo 303 como predeclaración (sin PIN24H ni certificado) con la opción de «A ingresar». Si usabas el certificado digital para presentar el 303 para la opción «a ingresar» tenías que pagar electrónicamente antes de hacer la declaración, e introducir entonces el Número de Referencia Completo (NRC) de dicho pago al cumplimentar y presentar el 303.
Pero has tenido que hacer la predeclaración, ya que sino no entiendo como el sistema te ha dejado firmar el 303 sin introducir ese dato, y si lo que llevaste al banco fue una predeclaración, no entiendo porque no te han cogido los papeles para pagar.
La verdad es que estoy confusa con lo que cuentas y espero que lo hayas solucionado.
Hola, quisiera saber qué puedo hacer ahora para arregalr un entuerto.
Ayer presenté el modelo 390 a través del sistema pin24h. Pero no pude presentar el 303. Y ahora ya es tarde.
Dentro del modelo 390 había una pestaña de modelos y estaba el 303. Lo rellené y lo envié (creo) pero no me pidió certificado digital ni pin24h, había una opción para enviarlo sin que te pidiera nada.
Mi pregunta, puede servir esta presentación como correcta? qué puedo hacer ahora para que no me sancionen?
P.D. en el modelo 390, puse todas las cantidades de los 4 trimestres.
Muchas gracias
¿Qué programa usaste, Isa? Porque en el programa oficial del 390 no existe esa opción (solo es para el modelo 390), así que no sé lo que has enviado (o no) con el que tienes. Pero, si no tienes certificado, me temo que tiene pinta que no enviaste nada, o que si lo hiciste deberías confirmarlo de alguna forma.
Me temo que no sé aun qué sistema han habilitado para los que no han presentado a tiempo las declaraciones en la AEAT. El sistema «solo por Internet» acaba de estrenarse y no sé si se admitirá la presentación telemática fuera de plazo o habrá que ir personalmente allí a solucionarlo. Yo iría a enterarme. No basta con que hayas entregado el 390, son declaraciones diferentes.
En fin, ya siento no tener mejores noticias, Isa. Espero que puedas solucionarlo de la mejor manera posible y yo también trataré de enterarme de si hay alguna forma de entregar las declaraciones fuera de plazo.
Hola de nuevo!
Utilicé el programa oficial. Y me dejó enviar el 390 y tengo la confirmación.
En cuanto al 303 existe una pestaña con «Modelos» en el menú, donde aparece el 303. Lo rellené y lo envié en el apartado «enviar sin certificado y sin pin24H»
de todos modos gracias.
Acabo de verlo, y parece que era para el 303 precisamente del último cuatrimestre, pero no veo más datos en las instrucciones sobre su presentación, solo algo sobre su cumplimentación. De la presentación solo se refiere a la del 390.
Siento no poder aclararte más, Isa, ya que no había visto esta opción, pero gracias por el dato.
Hola Marta, sabes si se habilitará un modelo 303 para rellenarlo con el ordenador, sin certificado digital y sin PIN24H?
Gracias y un saludo.
En principio, y salvo que anuncien cambios, seguirá el sistema que ya he explicado, incluido cómo presentar el modelo 303 sin certificado digital ni PIN24H. En este link lo tienes ya explicado, Jose Luis. Míralo y espero que te ayude.
Lo que les falta por habilitar aun es el sistema para poder presentar el modelo 303 con el PIN24H, del que aun no hay noticias.
He intentado predeclaración IVa M.303, para 1er T, 2014 y mi s datos dice no son correctos y no ejecuta el PDF, estamos en marzo, ¿cuando funcionará? el 20 Abril es el pago. Sus explicaciones ayudan mucho. Muy agradecida.
Pues me temo que haya sido eso, Antonia. Aun no ha empezado el periodo de presentación de las declaraciones del primer trimestre.
Vuelve a intentarlo a partir del día 1 de Abril, que es cuando empieza, y seguro que ya no tienes problemas.
Hola,
Veo que ha fecha de hoy sigue sin ser posible cumplimentar el modelo 303 con pin24h.
Devo entender, que los autonomos, (los que no somo sociedades) devemos continuar presentando/pagando nuestros impuestos por la via tradicional, mediante la impression del modelo 303 i la presentacion en las entidades bancarias?
muchas gracias.
Yo aun espero que el 1 de Abril se habilite la presentación del modelo 303 con PIN24H, Victor, pero habrá que esperar hasta entonces para estar seguros.
Hola,
Veo que finalmente parece que ya esta disponible la presentación del 303 via Pin24H, aun así no la prove.
La verdad es que me surge una duda, presentando el modelo vía telemàtica con PIN24H ya no es necessario pagar en el banco?
Quiero decir, si sera la agencia tributaria la que realice el cobro automáticamente en la CC facilitada en el modelo?
Muchas gracias por tu atención.
Hola de nuevo, Victor
Sí, ya es posible presentar electrónicamente el modelo 303 con el PIN24H y, por supuesto, si has domiciliado el pago no tienes que llevarlo además al banco para que sea válida la presentación.
Recuerda que el PIN24H es un certificado digital propio de la AEAT, por lo que tiene el mismo valor que otros certificados admitidos por esta (como el CERES o el DNIe), y por tanto solo tendrás que preocuparte de guardar una copia del PDF en tu ordenador como control de tus gestiones. La AEAT habrá recibido la suya y la remitirá para su pago domiciliado a tu banco.
hola muy buenas tardes tengo una duda que me tiene mal yo trabajo en una compañia y el dia de hoy realize la delaracion de iva sobre los libros de compra y venta pero no me dio el certificado ni tampoco me dio el numero de certificado que siempre tiene la planilla en la parte derecha de arriba por favor eyudenme no se que hacer me da miedo q multen la empresa por mi culpa.. y de paso era para declararlo hasta hoy… 🙁
Lo siento mucho, Darminais, pero sólo con lo que me dices no puedo saber qué problema has tenido.
Sin embargo, me llama la atención la fecha límite que mencionas, ya que no corresponde siquiera con el periodo de presentación del IVA del primer trimestre en España. ¿Puedes estar tan nerviosa que has confundido las fechas?
Hola, buenos días.
Lo primero que quiero, Marta, es darte las gracias por tu web, puesto que me está ayudando mucho en mis compromisos con Hacienda.
El viernes pasado recibí un Requirimiento de la Agencia Tributaria, en el cual me exigen los Libros de Facturas Emitidas, Facturas Recibidas y Bienes de Inversión del 2.012. He realizado los pagos en tiempo, pero no en forma al no poder entregar los Modelos 303 y 130.
¿ Son ahora obligatorios los Libros ?. Mis cuentas las llevo en un Excel donde tengo las facturas y hago los cálculos para la implementación de los Modelos.
Muchas gracias y un saludo.
Miguel Urosa Ruiz.
Hola Miguel, no te preocupes por el tema de que tus libros estén en formato Excel, ya que también pueden presentarse así mientras figuren en ellos todos los datos.
Buena suerte y vete tranquilo.
Hola Marta, me ha pasado parecido a Miguel: he recibido un requerimiento solicitando los libros etc… que llevo en un excell. Mi pregunta es si se puede presentar toda la documentación a través de la pagina de la agencia tributaria con certificado digital o es conveniente llevarlo en papel presencialmente?
gracias,
Hacienda admite ambas opciones, Elena, pero si lo que necesitas es que te asesore profesionalmente tu caso concreto, este no es el lugar y tendrías que ponerte en contacto conmigo.
Muchísimas gracias, Marta.
Un saludo.
Miguel.
Buenas tardes Marta
He intentado via online enviar IVA 1º Tr. 2014
todo relleno y enviar me dice herror en la infractura AEAT me quiero por en contacto con el numero de informacion y es imposible
Lo siento mucho, Miguel, pero si la propia página te dice que es un problema de la web de la AEAT, no hay nada que yo pueda hacer, salvo decirte que pruebes en otro momento a ver si por fin te deja enviarla o te contestan en el número de contacto.
¡Ánimo!
Muchas gracias Marta
Buenas tardes. Soy autónoma y me gustaría que me aclararas un par de dudas: ¿El modelo 303 se puede presentar en papel rellenando el impreso que tiene en la web la Agencia Tributaria? ¿y el modelo 130?. Hasta cuando no va a ser obligatorio presentarlos electrónicamente.
Muchas gracias por tu información Marta. Otras repuestas que he leído me han encantado por la forma tan clara y concisa en que informas.
Hola Montse.
Sí, el modelo 303 puede presentarse en papel si optas por cumplimentar la predeclaración del modelo 303 online. Lee la entrada que le dediqué para saber cómo hacerlo.
En cuanto al modelo 130, como también he comentado otras veces, puedes encontrar y presentar el modelo preimpreso hasta enero de 2015, que será cuando desaparezca y sea obligatoria la presentación mediante los modelos electrónicos.
¡Ánimo!
El modelo 115 como se hace la declaracion online o en papel?
Lo siento mucho Carmen, pero ahora mismo el 115 no es un modelo que esté explicado en el blog.
Hola Marta,
Me parece muy interesante tu blog, una preguntita a ver si me sabes responder, resulta que yo hasta ahora, ayudaba a una amiga y cuando tenia que presentar el modelo 303, le enviaba prácticamente confeccionado el modelo 303 de cada trimestre, con una entrada en el programa de hacienda que era la «predeclaracion», pero para este primer trimestre ,ya me dice que para Sociedades, no procede hacer la predeclaracion, sabes tu si existe algún otro atajo para poder confeccionar el modelo 303, sin presentarlo, ya que la que lo tiene que presentar, por que tiene el certificado digital es mi amiga, pero era para entregárselo hecho y ella que lo copiara. espero haberme explicado y Gracias de antemano
Me temo, Andrew, que al poner los datos de la sociedad no te deje validarlo porque es un sistema que ya no pueden utilizar y reconoce que no es un DNI personal. La única opción, si quieres seguir haciendo esto, es que no pongas sus «datos personales» (los de la sociedad, se entiende) y el resto sí sean los de esta. Es lo más sencillo.
He rellenado el modelo 303 tal y como dices, he puesto domiciliacion del importe a pagar pero no me sale en la cuenta, osea que no me ha pasado por el banco, yo creo que lo hice todo bien, a no ser que tarden unos dias en pasartelo por la cuenta del banco.
Hacienda pasa todas las domiciliaciones a la vez y se pagan el último día de liquidación. Así que no te preocupes, Veronica, si al terminar de presentar, en la última pantalla, te salió todo bien, el día 20 te pasarán el cargo a tu cuenta sin problemas 😉
Hola. En primer lugar, enhorabuena por la página. He intentado hacer la declaración del formulario 303 con domiciliación bancaria y el sistema de AEAT siempre me indica que la «cuenta es errónea». Tengo una firma digital de AEAT, relleno todo correctamente, el resultado me sale a ingresar, selecciono domiciliación en cuenta, introduzco los datos (con el IBAN, por supuesto) y no hay manera. ¿Hay que hacer algo previamente en la Sede Virtual para vincular la cuenta bancaria con hacienda? Al final he optado por generar un PDF y lo llevaré en mano al banco. Tras un par de horas buscando información en la propia página de hacienda, no consigo encontrar nada aclaratorio. Se agradece cualquier ayuda al respecto. Muchas gracias y un saludo.
Hola, Xavi
Lo único que hay que hacer para domiciliar el pago de un tributo (aparte de hacerlo dentro del periodo permitido) es asegurarse de poner correctamente el nº de IBAN de la cuenta y que seas el titular de la misma. No tienes que hacer nada en especial para que Hacienda la reconozca así que, descartado que hayas introducido mal el IBAN, ¿pudiera ser que no aparezcas como titular de la cuenta?
Muy buenas,
Buscando soluciones al mismo problema que planteas no encontré nada al respecto, sin embargo, si encontré por mi mismo la solución. No sé si es lo mismo que te pasa a ti pero es posible que si.
Cuando cubre el último bloque de 4 dígitos del número de cuenta, si no sales (con el tabulador o pinchando con el ratón fuera del área de datos) de dicho bloque y pinchas directamente en firmar y enviar, dicho último bloque de 4 dígitos se borra automáticamente dejando incoherente el número de cuenta. A mi me pasó 3 veces seguidas y fue cuando me di cuenta.
Un saludo¡¡¡
Misterios de la informática, Manu. No he tenido nunca ese problema, pero si tú sí y se soluciona tan fácil, bueno es saberlo.
Gracias por compartirlo 😀
Hola Marta,
estooy intentant realizar la declaración del IVA trimestral online. Todo funciona corretamente hasta que llego al apartado en el que elijo «Domiciliación del importe a ingresar». En este punto introduzco el IBAN y pulso el botón «firmar y enviar». Me aparece un mensaje que dice «TIPO DE NIF NO ADMITE DOMICILIACIÓN».
En NIF es de una comunidad de bienes (Entidad Sin Personalidad Jurídica). Las otras opciones «Ingreso total» (no tengo NRC) y «Ingreso a anotar en cuenta corriente tributaria» (NO TIENE CUENTA TRIBUTARIA EN LA A.E.A.T.) no me sirven.
Algún consejo? GRACIAS!
Como has podido comprobar, Francesc, si es una comunidad de bienes no tienes opción de domiciliar, así que no te va a quedar más remedio que elegir una de las otras.
¡Ánimo!
Hola Marta:
Tengo un problema. He intentado hacer el modelo 303 , como todas la veces, pero a la hora de solicitar el NRC al banco, ha habido un problema ( yo creo que porque me confundí y no elegí explorador de windows) y total que no me generó la numeración del NRC ni guardé el impreso, pero por otro lado inmediatamente ya el banco me quitó la cantidad. La cuestión que tengo pagado el iva, pero no enviado el impreso, y si lo entrego estoy fuera de plazo.
Tengo dos opciones, o volverlo a pagarlo intentándolo por el explorer, que creo que no me dará problemas, y luego solicitar la devolución , o dos, llamas el lunes a hacienda ya fuera de plazo a ver qué me dicen.
Muchas gracias.
Isabel, el lunes vete a tu banco para que te den el NRC, ya que parece que en tu cuenta online no aparece, y haz el modelo 303 poniendo este número. No te preocupes por la fecha, ya que el 21 todavía estarás a tiempo al haber sido añadido al calendario oficial de Hacienda porque hoy (20 de abril) es domingo.
Hola Marta,
Una pregunta. Hoy día 22 estaba intentando hacer la declaración del IVA trimestral online (no he podido supongo que porque me falta el NRC) y me he dado cuenta que ayer terminó el plazo.. (que desastre) Sabes que consecuencias o penalizaciones tiene retrasarse en los plazos?
Mil gracias.
Un saludo y gracias de nuevo por tu ayuda
La AEAT podría iniciar un procedimiento sancionador por presentar la declaración fuera de plazo, Nicolas, pero las posibles sanciones dependerían del «perjuicio» que hayas causado, más los recargos por los atrasos, así que no puedo darte cifras aproximadas. Pero siempre es mejor presentarla tú fuera de plazo, antes de que ellos te la reclamen, porque entonces sí hay sanción seguro (bueno, sé de casos que no porque les salía a devolver)
Me podrías indicar en qué casos hay que presentar autoliquidaciones mensuales y en cuales trimestrales, lo he buscado, pero debo ser muy torpe y no lo encuentro. Muchas gracias por tu atención.
En este momento, Tere, no es uno de los temas que están explicados en el blog, pero quizás me plantee hacerlo en el futuro.
Ahora bien, si lo que quieres es que analice tu caso concreto, puedes ponerte en contacto conmigo.
Hola Marta,
Tengo que presentar el modelo 180. En enero lo entregué telemáticamente pero ahora no me aparece la opción de presentarlo como «ejercicio 2014». Qué estoy haciendo mal?
Gracias de antemano y enhorabuena por tu página!!
Lo siento, Jorge, pero el modelo 180 de momento, al menos, no está explicado en el blog, así que si quieres puedes hacerme una consulta profesional sobre el tema.
Hola Marta:
Me está surgiendo un problema al presentar el IVA. Estoy dada de alta como profesional desde septiembre de 2013. HE realizado las autoliquidaciones anteriores, vía web, con DNI-e. Nunca he tenido problema, y siempre he domiciliado el pago. Ahora me sale el siguiente mensaje.:
Errores detectados:
La Orden de Domicialización no permite domiciliar a entidades del artículo 35.4 de la LGT.
No tengo muchos conocimientos fiscales. En mi caso estoy como autónomo dependiente, solo tengo que declarar el iva de las facturas que realizo a mi empresa y los pocos gastos que tengo asociados.
¿Que error puedo estar cometiendo?
Muchas gracias por tu ayuda.
Un saludo,
Me temo, Elena, que el día 15 era el último día para domiciliar.
Hola Marta, al final lo he realizado por pago directo, pero ¿han cambiado los plazos? Revisé también el calendario del contribuyente y no lo encontré. Muchas gracias por la aclaración, para el siguiente trimestre, estaré más pendiente.
Un saludo y de nuevo, gracias!
No ha cambiad nada, Elena. El último día para domiciliar el IVA siempre es el 15, salvo en enero que es el 25.
MUCHAS GRACIAS por tu ayuda! Da gusto lo claro que lo explicas todo! Pon un botón de «donaciones» que seguro que más de uno contribuiríamos…
Muchas gracias, Diego. Quizás me lo plantee 😉
Hola Marta!! He presentado el 2ºtrimestre del iva con domiciliacion,, ayer fue el ultimo dia de pago y a mi no me lo han descontado todavia,,,tendre sancion ? cuando lo descuentan ? Gracias
Si esa es la única incidencia que has tenido en la presentación del IVA, Angela, es decir, te salió todo bien al presentar, vuelve a mirar en el banco, porque parece un problema/retraso de su parte.
Una duda que me mata! se me ha pasado el plazo de mi primer pago de iva e IRPF, y todo mi trabajo lo hago para un mismo centro medico estético. Tengo claro como presentar el IVA pero tengo dudas sobre si el IRPF lo ha presentado mi centro o debo hacerlo tambien! os agradeceria la ayuda!
muchas gracias
Para preguntas que no tengan que ver con los temas tratados en el blog y analizar casos concretos, te invito a ponerte en contacto y hacer una consulta profesional, Jose.
He presentado el modelo 130 del 3T telemático, pero cometí un error, en ambos casos el resultado es negativo, puse 30 euros menos de ingresos por eso la cifra negativa es menor, intento presentar complementaria pero no me lo permite, me dice que ya he presentado declaración, tengo que presentarlo en físico?
Lo siento, Alines, pero las consultas personales las trato a nivel profesional, no se contestan en el blog.
Buenas noches,
un autónomo que emite facturas con inversión del sujeto pasivo, se coloca la base en la casilla numero 61? De qué depende que se pueda cumplimentar la casilla 65 porcentaje atribuible al estado?
Muchas gracias
Hola, Soraya, para las consultas particulares no se resuelven en el blog, sino de forma profesional.
Hola!! Soy un poco novata en el tema y tus ayudas me van muy bien, no he podido presentar el modelo 303 y 130 en el plazo (por problemas informáticos) y los voy a enviar por correo un día más tarde, mi pregunta es ¿si están con fecha a plazo impresos, aunque los envie más tarde los admiten igualmente?.
Otra duda, las declaraciones del 1t y 2t las hice telematicamente, pero en el caso del IVA no hice constar el cif de la empresa, puse el DNI , tendre que notificar este error ???
Hola Eva, las consultas personales no se contestan en el blog, sino que se tratan a nivel profesional, gracias.
Hola buenos días. Tengo una duda: ¿se puede presentar un IVA FUERA DE PLAZO desde la página de la agencia tributaria teniendo PIN o hay que ir a una oficina de HACIENDA para hacerlo? Es que no lo veo por ningún sitio. Gracias
Teóricamente se puede, Conchi, pero la verdad es que nunca he presentado fuera de plazo, así que no lo he comprobado personalmente.
Buena suerte y felices fiestas.
Buenas tardes, soy arrendador y estoy leyendo por algunos lugares y en el BOE que no tengo obligación
como arrendador de presentar el modelo 390, para eso hay que cumplimentar el cuarto trimestre
del modelo 303 el cual ha tenido un cambio para ahorrarnos tener que hacer la declaración por lo mismo.
Quisiera saber si conoce el nuevo impreso, y paso a paso como cumplimentarlo, yo conozco el impreso
por la Agencia Tributaria pero dudo ciertas casillas.
Por si sirve de información le dire que el IVA lo declaro en régimen general y soy arrendador de 3.000€ anuales IVA aparte y siempre he presentado el modelo 347 operaciones con terceras personas.
Gracias por todo y un Saludo.
En el blog no se resuelven casos particulares, Andres. Para eso ponte en contacto conmigo y se resolverán de forma profesional.
hola Marta, tengo una duda, me he confundido al confeccionar el modelo del IVA del cuarto trimestre, y he puesto mal la base imponible, y me sale a pagar muchísimo más que lo que me corresponde.
cómo puedo arreglarlo?? porque ya lo he enviado.
gracias.
Hola, Cristina. Siento que hayas tenido ese problema, pero en el blog no se resuelven casos particulares. Si quieres ponte en contacto conmigo para que lo tratemos de forma profesional.
Buenas tardes Marta. Yo quisiera saber si hay que presentar el mismo día el IVA del cuarto trimestre (303) y el resumen anual (390) o se pueden presentar en días diferentes?
Muchas gracias
No te preocupes, Angels. Mientras lo presentes dentro del plazo, no tiene porque ser en el mismo día 😉
Si acabo de abrir una peluqueria el 2 de enero del 2015, se supone que no debo presentar nada ahora en enero no??? ya que el año pasado no estuve ni de alta.
Si no estabas dada de alta en 2014, no tienes que declarar nada, tranquila, adali.
Hola Marta,
tengo una duda,
He hecho el 303 del 4t del 2014, y he visto que al ser una actividad de arrendamiento no es necesario hacer el 390, pero hay que añadir unos datos en el 303. El problema es que lo he visto después de hacer la pre-declaración. Es posible volver a hacer otra predeclaración, si la anterior no está presentada? muchas gracias
Hasta que no la presentas no debería ser un problema hacer otra, Montse 😉
He presentado el 303 y 130 del ultimo trimestre del 2014 y me dicen en Hacienda que ya no podré presentarlos en papel en 2015. ¿es esto correcto? creí que todavía se podía seguir haciendo…
Un saludo y muchas gracias
Así es, Jesús, Hacienda quiere eliminar el papel de todos sus procedimientos, y en eso está.
Hola Marta,
¿Sabes cuáles son las sanciones por presentar tarde el modelo 390?
Muchas gracias.
Una sanción no es un proceso automatizado, Sonia, así que dependerá de las circunstancias que considere la Administración en el procedimiento sancionador y de las alegaciones que se consigan que tengan en cuenta.
En cualquier caso, si necesitas asesoramiento, para este tipo de consultas el blog no es el sitio para resolverlas, pero puedes ponerte en contacto conmigo de forma profesional.
Hola Marta , e presentado a dia de hoy el 390 y tengo la confirmación, pero se supone que era hasta el 30 de enero.. puede ocurrir algo? O si tengo la confirmacion no me deberia de preocupar … gracias de antemano
Ahora depende de Hacienda, jhon, porque sí has presentado la declaración, pero tarde. Lo único que puedes hacer es esperar a ver y mientras no preocuparte, salvo que se inicie un procedimiento sancionador, que habría que examinar.
Me siento muy agobiada. La pregunta es dificil, no encuentro quien la responda. Soy administrador de una sl. Presentaba los modelos 111 y 303 por linea abierta de la caixa. 2010 y 2011 y dos trimestres del 2012, pues la deje inactiva con baja en hacienda en junio 2012
no tenia certificado digital. Ahora que voy a liquidar creo que no estaran bien presentados. En la web de hacienda aparecen como presentados y puedo sacar copia de la declaración. Pero no tengo justificsnte de la presentación ni tengo claro que se pudiersn presentar asi..
Hola, Cuca. En el blog no se resuelven casos particulares, pero si te interesa puedes ponerte en contacto conmigo para tratar el asunto de forma profesional.
Hola soy automo por modulos la autoliquidacion del iva del cuarto trimestre ya la entregue y la regularize con hacienda mi pregunta es ¿hay que hacer algun tipo de declaración si tinenes algun provedor al cual has comprado mas de 3000€? y que modelo deves presentar y si se puede hacer atraves de la sede electronica de la agencia tributaria . Es que me acabo de enterar y no se si estoy abligado a ello :gracias por si me puedes ayudar
Jose, en el blog puedes encontrar varias entradas dedicadas al modelo 347 que seguro que te ayudan, y si no es suficiente y necesitas asesoría profesional para resolver tus dudas, puedes ponerte en contacto conmigo para contratarme.
Hola Marta! 😉
Tengo que presentar una factura por servicios profesionales:
6.962,03 + (21% IVA) 1.462,03 – (21% IRPF) 1.462,03 = 6.962,03 €
Dónde el IVA tendría que pagarlo a Hacienda.
Si emito la factura el 6 de abril, tendría que declararla dentro del plazo de declaracion Trimestral 1-20Abril, no? O podría hacerlo en el siguiente trimestre?
Gracias 😉
Hola Adrian,
No pareces tener muy claro el tema de las facturas, qué, cuánto y, sobre todo, cuándo tienes que tributar. Los impuestos se pagan una vez que se acaba el periodo de contabilización (salvo adelantos), y el IVA se contabiliza por trimestres naturales. Quizás sea interesante hacer una entrada para aclarar estos conceptos, pero mientras te recomiendo leer los distintos apartados que encontrarás en esta misma entrada dedicados al IVA. Si necesitas una explicación y aclaraciones personales, ya te tendrás que poner en contacto conmigo de forma profesional.
¡Y enhorabuena por tu primera factura!
Hola, he presentado mi modelo 303 por Internet y me ha descontado el dinero del banco inmediatamente pero no me han dado copias y cuando voy a buscarlas me dice que no presente nada que hago?? Estoy desesperado ayuda por favor
Oscar, en esta misma entrada tienes los enlaces a las entradas donde explico como se presenta y cómo la AEAT te da las copias de tu declaración en PDF. Comprueba, según sea tu caso, que todo se ha hecho correctamente, y si no es así puedes contactar conmigo de forma profesional y veremos qué se puede hacer.
¿Cómo inmediatamente? ¿¿No lo cobraban el día 20?? O___O
Hola Marta.
tengo una duda. Soy autonomo y es la primera declaracion trimestral que hago, he rellenado el modelo 303 y ahora me sale lo de pagar el iva, pero tengo varias dudas.
que casilla marco par que me salga la cuenta para ir al banco a ingresar el dinero?
si hago domiciliacion bancaria y meto mi numero de cuenta, en la siguiente declaracion, si es sin actividad que pasa? o cada declaracion trimestral tienes que meter el numero de cuenta?
no se si me explique bien!! gracias!!!
Pablo, no te preocupes, porque cada declaración es independiente y ni siquiera se puede hacer hasta que no se inicia el plazo de presentación, así que lo que hayas puesto esta vez, no te obligará para la siguiente.
¡Ánimo!
Hola! tengo un problemilla, no sé qué hacer ni a quien preguntar. Me he dormido en os laureles y al ir a presentar la Declaracion Trimestral hoy por la mañana (día 18), el programa no me deja hacerlo porque dice que se me ha agotado el plazo. Tenía seguro en mi cabeza que era hasta el día 20. ¿Qué puedo hacer? Muchas gracias de antemano. Un saudo
El plazo de presentación es hasta el 20, Verónica, salvo que quieras domiciliar, tal y como está explicado aquí 😉
Buenas tardes,
Hago los recibos de una pequeña comunidad de agua, de unas casas de campo, ayer por problemas familiares se me paso presentar el IVA que siempre me sale a compensar. Lo puedo presentar mañana? Siempre lo envio por correo certificado. que puede pasar?
La obligación de todo contribuyente es presentar la declaración en plazo, María. No hacerlo puede suponer una infracción.
En cualquier caso, los casos particulares no se resuelven el blog, por lo que si quieres que te asesore en tu caso concreto, tendrías que ponerte en contacto conmigo de manera profesional.
Un saludo y ánimo