Empezamos una serie de entradas dedicadas a la cumplimentación de los modelos 303 y 390 del IVA, vistos todos los problemas que parecen haber surgido para su tramitación online. Aviso que yo no soy informática (por si alguien entra directamente aquí y cree que voy a resolver ese tipo de cuestiones). Soy asesora jurídica, y por tanto las dudas serán sobre como funciona el sistema teniendo en cuenta mis conocimientos como usuaria.
Cómo cumplimentar el modelo 303 del IVA sin Cl@vePIN ni certificado digital
Sí, a estas alturas estoy segura de que aun hay gente que no se ha dado de alta en el sistema Cl@vePIN, a pesar de sus ventajas y que le va a resultar muy útil en sus tratos con la Agencia Tributaria Electrónica. Pero, por si alguien se lo pregunta, aun no es obligatorio tener siquiera Cl@vePIN o un certificado digital, ni siquiera tener activo el del DNI, así que la AEAT creó un sistema propio (el antiguo PIN24H) que tuvo tanto éxito que se ha convertido en parte del nuevo modelo de identificación ante las Administraciones Públicas electrónicas.
Si este es tu caso, o te ha fallado el certificado digital y no quieres esperar a mi próxima entrada, sigue leyendo.
1- Ve a la Agencia Tributaria
Una vez allí, entra en su Sede Electrónica
Te saltará un aviso de que tienes que aceptar el certificado de identificación de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (distinto según tú navegador). Nos fiamos de Hacienda (y además sino no podremos seguir adelante), así que pulsa «Aceptar».
Si es la primera vez que entras, es muy probable que, aunque lo intentes, no lo reconozca, así que tendrás que seguir las instrucciones que te aparecerán para que tu navegador acepte el certificado de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
2- Selecciona «Impuestos y Tasas»
Una vez que tu navegador acepte el certificado de Hacienda y puedas entrar en la Sede Electrónica, pulsa donde dice «Impuestos y Tasas»
Y una vez allí, pincha sobre «IVA».
3- Pulsa sobre «Modelo 303»
Es el primero de la lista, así que no tienes pérdida.
4- Selecciona «Formulario del modelo 303 para su presentación (predeclaración)»
Una vez que lo pulses pueden pasar 2 cosas: que todo vaya bien o que te aparezca un Aviso para actualizar el Java.
Si te sale este aviso, sigue el enlace que te indica, que te llevará directamente a la página correspondiente e instalalo (sin la barra de herramientas recomendada). O bien puedes desde aquí comprobar si tienes la última versión de Java (pulsa donde dice «¿Tengo Java?») e instalarla en caso contrario para que no tengas problemas cuando vayas a la web de la AEAT (pulsa el botón central que dice «Descarga gratuita de Java»).
Si no te da ese aviso pero tampoco se carga el formulario, apareciendo solo la siguiente imagen… tienes un problema.
Pulsa donde dice «Ayuda» y elige la opción que uses según tu navegador y tu sistema operativo. Ahora solo te queda seguir sus instrucciones, y te llevará un rato salvo que seas informático (yo tardé lo mio entre leerlo e ir haciendo lo que me iba diciendo, reinicio del equipo incluido). Por suerte, también es un paso a paso ilustrado, así que eso ayuda a ir situándote mientras lo haces.
Una vez hecho todo, vuelve a cargar todo y cruza los dedos para que esta vez todo salga bien. Si es así, te saldrá un aviso para ejecutar la Aplicación AEAT Applet. Pulsa en «Ejecutar».
¡Y lo hemos conseguido!
5- Cumplimenta el formulario
El modelo ha sufrido algunos cambios, y una de las mejores novedades para los despistados es que se va autocompletando según introduces nuevos datos.
El modelo que va a aparecer en pantalla es igual al de papel pero, por si acaso hay dudas, voy a dividirlo en partes y a señalar a qué corresponde cada una de ellas:
a) Datos personales, ejercicio y otros datos tributarios
A pesar de que solo aparecen como obligatorios los datos personales y el ejercicio tributario, deberías marcar una de las casillas dedicadas al tipo de régimen. Además, ahora está aquí el sitio donde deberás marcar si estás en concurso de acreedores y si has optado por el criterio de caja o bien te han dado una factura afectada a este criterio.
Asegúrate de cumplimentar bien esta parte, ya que después no te dejará cambiarla. Después pulsa sobre “Aceptar datos y continuar”.
b) IVA devengado
Es decir, el IVA que hemos recaudado en nombre de Hacienda con nuestro trabajo. Recuerda que si usas distintos tipos deberás separarlos y además que se separan los euros de los céntimos.
c) IVA deducible
Los gastos que hemos tenido y cuyo IVA podemos deducirnos por corresponder con bienes o servicios relacionados con nuestra actividad profesional. Incluiremos compensaciones y regularizaciones si nos corresponde.
d) Criterio de caja y otras operaciones especiales
Esta sección solo la usaras si has optado por el Criterio de caja o trabajado con alguien que lo haya hecho y, básicamente, en operaciones internacionales de compraventa.
e) Diferencia entre el IVA devengado y el IVA deducido
Es decir, la resta entre el total devengado y el total deducido , a lo que tendremos que añadir el porcentaje del Estado (salvo que tributemos en el País Vasco o Navarra, el 100%), si existen cuotas a compensar de periodos anteriores (muy importante no olvidar incluirlo en el 4º Trimestre) y el resultado final después de tener en cuenta todo esto.
f) Solo en caso de que se trate de una declaración complementaria
Si no lo es, déjalo en blanco.
g) Tipo de declaración
Selecciona una de estas 4 opciones según corresponda:
A ingresar:
Si la diferencia te sale positiva, tendrás que seleccionar esta opción, y te saldrá un nuevo elemento en el formulario donde podrás introducir la cantidad y el número de cuenta.
Resultado Cero o sin Actividad:
Como su propio nombre indica, si la diferencia sale a O, marca esta opción. Y si la razón es que no has ejercido tu actividad durante este trimestre, asegúrate de marcar la casilla «Sin actividad» que te aparecerá en el nuevo elemento del formulario.
A compensar:
En el caso de que el resultado de la Diferencia entre el IVA devengando y el IVA deducido haya salido negativo, aunque la cantidad la pondrás en positivo en el nuevo casillero que aparecerá en el formulario.
A devolver:
Si el resultado de la Diferencia entre el IVA devengando y el IVA deducido ha salido negativo, pero no quieres compensar sino que Hacienda te ingrese el dinero, señala esta opción, pon la cantidad y la cuenta bancaria en la que quieres que te haga del ingreso.
Ten en cuenta que, con carácter general, esta opción de devolver es solo para el 4T, y no es automático, sino que antes la AEAT efectuará una revisión de tus declaraciones.
Últimas instrucciones:
Por último nos indicará como entregar este formulario, que será, simplemente imprimiendo el PDF que se generará cuando le validemos, firmándolo a mano y entregándolo en el banco o en la AEAT.
Una vez que lo tienes todo cumplimentado, pulsa «Validar y general PDF».
Y ya tienes tu declaración
Se abrirá un PDF con tu declaración lista para imprimir y presentar en tu banco o en la AEAT.
Recuerda que este sistema solo es válido para los particulares. Si tienes una empresa deberás presentar todas tus declaraciones con un certificado digital, pero podrás usar esta predeclaración como borrador.
Si tienes Cl@vePIN te recuerdo que puedes usarlo para presentar el modelo 303 en la AEAT, y también está aquí explicado como cumplimentar y presentar el modelo 303 si tienes certificado digital.
¿Te ha resultado útil este «paso a paso»?
Mil gracias por el post Marta! Yo me hago un buen lío con todo esto… Te quería hacer una pregunta:
En lo que va de año hice las declaraciones del IVA por Internet y luego iba al banco a pagar y sellar el documento, pero este trimestre no he tenido ninguna actividad. Entonces debo llevarlo a la AEAT?
Mil gracias!
Exactamente, Georgina 😉
Muy bien explicado y muy práctico. Gracias
Una pregunta! Fuí al banco para pedir el NRC pero me dijeron que tenía que pagar primero para poder obtener ese número. Presenté allí la declaración del IVA del tercer trimestre y ellos lo pagaron. La pregunta es, ¿Tengo que ir a hacienda para mostrarles mi declaración o ya lo hace el banco por mí?
Parece que esta es una duda habitual, Albert, así que estoy pensando hacer una entrada específica para aclarar esto, pero de momento no te preocupes porque en este caso ya has presentado y pagado en el banco y ahora ellos se lo comunicarán a Hacienda 😉
Muchísimas gracias Marta, muy útil tu post.
di mil vueltas por la página de haciendas y gracias a tu publicación lo he resuelto muy rápido.
he hecho la declaración de IVA, la hice de trimestres pasados que tenía pendiente, aunque es poca cantidad.
ahora mi pregunta es: como hago la declaración anual de IVA? en necesaria? por que ya he hecho los ingresos correspondientes.
eso pues, reitero mi agradecimiento.
Gabo
Me alegro que no hayas tenido problemas gracias a este paso a paso, Gabriel, y para acabar de presentar tus declaraciones del IVA te recomiendo leer esta entrada, donde tengo reunidos todos los dedicados al IVA, incluidos los del 390. En cualquier caso, habrá que darles un repaso a todas, ya que ha habido algunos cambios en la web de Hacienda que merecen no solo las actualizaciones que ya estoy haciendo, sino entradas nuevas que espero publicar muy pronto.
Buenos días!
Yo he llevado al banco el modelo 303 y lo he pagado. Después de esto, tengo que llevar el documento sellado a Hacienda o ya está?
Es que es mi primera vez y hay cosas que mucha gente da por supuesto 🙁
Agradecería tu ayuda.
Muchas gracias!!!!
Tranquila, Patricia. Si te ha salido a pagar el banco se encarga una vez que lo hayas entregado. 😉
wow… mil gracias por el post!!! El asesor, el banco… todos decían que no podía ser que pagase el IVA en el banco sin comunicar a HACIENDA la autodeclaración y… ¡¡tiene que ver con soy particular y selecciono versión para imprimir en papel!!!!
Mi pregunta, habiendo utilizado en 2014 la impresión en PDF de declaración, es la siguiente: rellené la EXONERACIÓN DE LA DECLARACIÓN-RESUMEN ANUAL DEL IVA, identifiqué mi actividad (alquiler de locales industriales: 3 8612) pero, NO TOTALICÉ LAS OPERACIONES REALIZADAS EN EL EJERCICIO 🙁
¿Cómo puedo subsanar este tema? ¿Presento el 390? ¿Presento el 303 indicando que es AUTOLIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA?
Muchas gracias y enhorabuena por tan excelente labor!!
Varios días he leido lo que explcias 🙂
Pues me temo que si no has cumplimentado las casillas extra del 4T para no tener que hacer el 390, ahora no te queda más remedio que hacer el 390, Samuel 😉
chupi-piruli,marta me a sido de gran ayuda yo soy nuevo en estos menesteres,muchiiiiiisimas gracias,y un saludo. ahora voy a intentarlo haber si tengo suerte.
Magnifico post! Gracias por la ayuda!!
Mi suegro recibe dos pagos anuales con IVA. Debe pagar el IVA recibido completo a Hacienda. Debe hacer algo? o la empresa que se lo paga lo comunica a Hacienda y hacienda le carga el cobro directamente en la cuenta suya?
Hola Alberto, como siempre os recuerdo que en el blog se resuelven dudas de las entradas. Para consultas particulares, puedes ponerte en contacto conmigo y analizaremos tu caso.
Muchas gracias Marta por tu post. Muy útil!!!!Una pregunta, este trimestre me sale a compensar y mi pregunta es como presento el mod 303 si no tengo ni Cl@vePIN ni certificado digital? Gracias a tu post, he pedido la cl@vePIN, pero no sé si me llegará en tiempo…mientras tanto teng que ir a Hacienda personalmente para presentarlo?
Efectivamente, Ale, si usas este sistema se genera un PDF sin valor hasta que lo presentas, y si te sale a compensar deberás hacerlo en la AEAT.
Pero el próximo trimestre tienes que usar ya Cl@ve, ¿de acuerdo? 😉
Gracias por el post, ha sido muy util. Al intentar pedir la ClavePin me dice que no hay ciudadano registrado con esa C.C. y ya no se que hago mal. Hay alguna otra forma de pedirlo?
Otra pregunta, como veo que tendre que presentarlo en la AEAT, puede ir otra persona, es una declaracion sin actividad, asi que solo seria presentarlo. Gracias por adelantado!
Suena a que aún no te has dado de alta en el sistema Cl@ve, paso previo para poder pedir tu clavepin diaria, Almudena
Hola Marta,
somos una comunidad de bienes, y este trimestre al ir a hacer la predeclaración del IVA me dice que por ser una Camunidad de Bienes no puedo hacer la predeclaración. Sabes alguna cosa al respecto? como lo tengo que hacer? Puedo comprar el modelo a hacienda y entregarlo a Hacienda? o es obligatorio hacerlo por internet.
Muchas gracias por tu respuesta.
Un saludo,
Montse
Hola Montse, como está explicado al final de este mismo paso a paso, este sistema solo es válido para particulares, así que, como comunidad de bienes, no podéis usar la predeclaración.
Marta, no tengo clave CLAVE PIN, y no la he pedido aun.
Veo en la web de la agencia tributaria que aun se puede presentar en papel. Es asi? Se puede aun? Dice formulario predeclaracion 2015 en papel.
Pero alli pone que revise cuidadosamente pues no puedo cambiar los datos durante la liquidacion. Si me equivoco que sucede? Una vez que lo tenga lo presento en el banco como antes? O lo debo llevar a la agencia tributaria?
mil gracias
Hola Blaugrana, en esta entrada está todo eso explicado, pero si necesitas una ayuda más personalizada, no dudes en ponerte en contacto para atenderte de forma profesional.
Hola buenos días, relleno la predeclaracion pero al dar generar pdf me sale un error que dice «Error en la identificación por el comienzo del primer apellido.»
¿que pasa? si he puesto todo bien, tal y como lo tengo en el registro de autonomos
En los comentarios no se contestan consultas particulares, Denis, para eso puedes ponerte en contacto y te atenderé de manera profesional.
Muchas gracias por un artículo tan claro para alguien nuevo como yo en esto de ser autónomo.
Me ha sido de mucha ayuda.
Hola!!
Solo quería agradecer este tipo de posts. Después de googlear bastante no daba entendido el punto de la presentación del 303. Con esto todo clarísimo.
Gracias Marta, saludos!
Un gran artículo, muy útil y completo.
Muchas gracias Marta, ha sido de gran ayuda
Hola Marta
Una vez que se ha hecho y ha salido a pagar, he incluido mis datos bancarios para que cojan la cantidad de la cuenta… tengo que imprimirlo y llevarlo al banco? y a Hacienda también? a pesar de tener certificado digital?
Gracias
Esta entrada explica como presentar el modelo 303 si no tienes ni certificado ni Cl@vePIN.
Si tienes Certificado, está explicado en esta entrada, Raquel. 😉
Buenos días Marta:
Soy nueva en todo esto, mis padres van alquilar un local que tienen y mi duda es:
-el modelo 303/390 solamente se pueden obtener vía eléctrónica? claro ellos ni internet ni nada
En la Agencia tributaria hay posibilidad de hacerlo como las declaraciones de la renta?
Muchas gracias y perdona por todas estas preguntas de novata.
Hola María, la previsión es que sí, que haya una forma de hacerlo en la propia Agencia Tributaria, pero como mero Registro de la documentación ya cumplimentada.
La realidad en este momento: todavía no conozco ninguna que lo tenga ya implantado, así que solo puede hacerse por Internet tal y como explico en el blog.
¡Ánimo! 🙂
Puedo presentar el IVA MODELO 303 DESCARGADO DE HACIENDA en papel sale a compensar
puedo enviar por correos ?
Por poder, sí que se puede, Manuel, pero no es el método que yo recomendaría 😉
Muchas gracias Marta, me ha sido de gran alluda, el problema esta en que cuando voy al banco a pagar ya que no tengo certificado dijital, me dicen que les hace falta una clave, y que esta no esta clara, ya que les da error,
si repito la operacion por que la clave no esta clara que problema puedo tener al repetir la operacion para que me den nueva clave para en el banco poder pagar.
Muchas gracias
Parece un problema técnico con la pasarela de pago entre Hacienda y tu banco, así que solo son ellos quienes pueden ayudarte, Gemma.
¡Suerte!