Cómo presentar el modelo 303 con certificado digital

por | 22 enero, 2014

Seguimos con esta serie de entradas dedicadas a la cumplimentación del modelo 303 y modelo 390 del IVA. Aviso que yo no soy informática (por si alguien entra directamente aquí y cree que voy a resolver ese tipo de problemas). Soy asesora jurídica y por tanto las dudas serán sobre como funciona teniendo en cuenta mis conocimientos como usuaria.

Como presentar el modelo 303 del IVA con el DNIe u otro certificado digital

Cómo cumplimentar el modelo 303 del IVA con tu certificado digital

Si tienes un certificado digital, sin duda ya sabes las múltiples ventajas y facilidades que las Administraciones Públicas establecen para usarlos en la tramitación de procedimientos electrónicos. La Agencia Tributaria es una de ellas y desde hace tiempo tiene adaptada la tramitación de impuestos a su uso. Con certificado electrónico también me refiero al DNIe, pero los habituales de este blog ya sabéis que yo prefiero el CERES, así que ese es el que uso habitualmente para hacer mis entradas, como esta.

1- Ve a la Agencia Tributaria

Ten en cuenta que en la web de la AEAT hay varios posibles caminos para encontrar el modelo 303, y todos te llevarán al final al mismo sitio. Yo te señalaré los más fáciles de recordar, pero hay otros y todos igual de válidos.

2- Entra en su Sede electrónica

Sede Electrónica de la Agencia Tributaria

Te saltará un aviso de que tienes que aceptar el certificado de identificación de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (distinto según tú navegador). Nos fiamos de Hacienda (y además sino no podremos seguir adelante), así que pulsa “Aceptar”.

Si ya has estado otras veces y lo has marcado, este aviso ya no te aparecerá, así que no te preocupes si te entra la siguiente pantalla sin ningún aviso.

Entrada de la Sede Electrónica de la AEAT con "Impuestos y Tasas" señalado

Una vez que tu navegador acepte el certificado de Hacienda y puedas entrar en la Sede Electrónica, pulsa donde dice “Impuestos y Tasas”.

Listado de impuestos de la sede electrónica de la AEAT con el IVA señalado

Y después donde sobre “IVA”.

Cumplimentación online del modelo 303 del IVA

Por último, pulsa donde dice “Modelo 303″. Es el primero de la lista, así que no tienes pérdida.

2 bis- Vete a la sección del IVA

Enlace directo al IVA en la portada de la AEAT

Otro camino que puedes usar, es este que voy a explicar ahora.

Al ser de los impuestos más habituales, la Agencia Tributaria suele tener un botón bien visible con un enlace directo en la portada. Solo tienes que pulsar ese botón o uno similar que diga «Impuestos», y en él ya te aparecerá el icono del IVA.

Sección de la AEAT sobre el IVA

Te llevará a esta sección, donde también es todo más visual, eliminando todo lo que no necesitas para que no te pierdas, así que es muy fácil encontrar el botón para el modelo 303. Púlsalo.

3- Selecciona “Presentación del ejercicio 2015 y siguientes”

Qué significan los símbolos de la web de la AEAT

Ahora es aun más fácil de usar, ya que han añadido unos símbolos junto a cada una de las opciones que componen la lista de los trámites que pueden hacerse de cada modelo, así que es muy difícil que te confundas.

Para presentar el Modelo 303 del IVA online

Tendrás para elegir entre el “Régimen General” (el habitual) y el “Régimen Simplificado” (básicamente, para aquellos que optaron por la Estimación Objetiva en el IRPF). Para esta guía yo he optado por el Régimen General.

Elige entre firmar con certificado digital o PIN24H

Se abrirá una ventana para elijas entre presentar el modelo 303 con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico o con Cl@vePIN (antiguo PIN24H). Pulsa sobre el primero.

Una vez que lo pulses pueden pasar 2 cosas: que todo vaya bien y se cargue el formulario, o que te aparezca un Aviso para actualizar el Java.

Problema en la AEAT. Tienes que actualizar el JAVA

Si te sale este aviso, sigue el enlace que te indica, que te llevará directamente a la página correspondiente e instalo (sin la barra de herramientas recomendada). O bien puedes desde aquí comprobar si tienes la última versión de Java (pulsa donde dice “¿Tengo Java?”) e instalarla en caso contrario para que no tengas problemas cuando vayas a la web de la AEAT (pulsa el botón central que dice “Descarga gratuita de Java”).

Si no te da ese aviso pero tampoco se carga el formulario, apareciendo solo la siguiente imagen… tienes un problema.

Problema al cargar los formularios de la AEAT

Pulsa donde dice “Ayuda” y elige la opción que uses según tu navegador y tu sistema operativo. Ahora solo te queda seguir sus instrucciones, y te llevará un rato salvo que seas informático (yo tardé lo mio entre leerlo e ir haciendo lo que me iba diciendo, reinicio del equipo incluido). Por suerte, también es un paso a paso ilustrado, así que eso ayuda a ir situándote mientras lo haces.

Una vez hecho todo, vuelve a cargar todo y cruza los dedos para que esta vez todo salga bien. Si es así, te saldrá un aviso para ejecutar la aplicación AEAT Applet. Pulsa en “Ejecutar”.

Ejecutar AEAT Applet para cargar el formulario

Te saldrá entonces un segundo aviso para ejecutar la aplicación MiniApplet @firma. Pulsa en «Ejecutar».

Carga de la aplicación afirma

Como en otros casos, si ya has estado antes y has marcado la casilla correspondiente, esto ya no te saldrá y entrarás directamente, así que no te preocupes si no te sale y  entras directamente en el punto siguiente.

4- Cumplimenta el formulario

Ahora solo tienes que rellenar el formulario.

El modelo ha sufrido algunos cambios, y una de las mejores novedades para los despistados es que se va autocompletando según introduces nuevos datos.

El modelo que va a aparecer en pantalla es igual al de papel pero, por si acaso hay dudas, voy a dividirlo en partes y a señalar a qué corresponde cada una de ellas:

a) Datos personales, ejercicio y otros datos tributarios

Datos identificativos del Modelo 303 online

A pesar de que solo aparecen como obligatorios los datos personales y el ejercicio tributario, deberías marcar una de las 3 casillas dedicadas al tipo de régimen. También está aquí ahora el sitio donde deberás marcar si estás en concurso de acreedores y si has optado por el criterio de caja o bien te han dado una factura afectada a este criterio, pero solo si tienes que hacerlo.

Asegúrate de cumplimentar bien esta parte, ya que después no te dejará cambiarla, y pulsa sobre “Aceptar datos y continuar”.

b) IVA devengado

IVA devengado en el modelo 303

Es decir, el IVA que hemos recaudado en nombre de Hacienda con nuestro trabajo. Recuerda que si usas distintos tipos deberás separarlos, y también que se separan los euros de los céntimos.

c) IVA deducible

IVA deducible en el modelo 303

Los gastos que hemos tenido y cuyo IVA podemos deducirnos por corresponder con bienes o servicios relacionados con nuestra actividad profesional. Incluiremos compensaciones y regularizaciones si nos corresponde.

d) Criterio de caja y otras operaciones especiales

Criterio de caja en el modelo 303

Esta sección solo la usaras si has optado por el Criterio de caja o trabajado con alguien que lo haya hecho y, básicamente, en operaciones internacionales de compraventa.

e) La diferencia entre el IVA devengando y el IVA deducible

Diferencia entre IVA deducible y devengado en el modelo 303

Es decir, la resta entre el total devengado y el total deducido , a lo que tendremos que añadir el porcentaje del Estado (salvo que tributemos en el País Vasco o Navarra, el 100%, y aparecerá ya por defecto), si existen cuotas a compensar de periodos anteriores (muy importante no olvidar incluirlo en el 4º Trimestre) y el resultado final después de tener en cuenta todo esto.

f) Solo en caso de que se trate de una declaración complementaria

A cumplimentar en caso de un modelo 303 complementario

Si no, déjalo en blanco.

g) Tipo de declaración

Resultado del modelo 303

Aquí las opciones se multiplican, si bien las dividen en 3 grupos según si el resultado sale a ingresar, cero o negativo. La inmensa mayoría de los contribuyentes optan por las mismas, así que aquí destacaré las más comunes:

A ingresar:

Modelo 303. A ingresar

Te saldrá un nuevo elemento en el formulario donde podrás introducir la cantidad y el Número de Referencia Completo (NRC) del pago ya realizado.

Domiciliación en cuenta:

También puedes elegir la opción de domiciliar el pago

Personalmente, creo que es el más cómodo para los particulares siempre que no seas de los que deja todo para el último día, ya que la domiciliación se envía automáticamente los días 15 (el 25 si es Enero) a los bancos y lo cobran el último día del periodo (los días 20, el 30 si es Enero). Si tienes dudas, aquí te explico lo fácil que es usarlo.

A ingresar en Cuenta Corriente Tributaria:

Modelo 303. A ingresar en CCT

Esta opción y las siguientes de resultado positivo (aunque las siguientes, además será una solicitud, luego no es automático) solo podrán usarse si tienes una Cuenta Corriente Tributaria para el pago de tus impuestos.

Resultado Cero o sin Actividad:

Modelo 303. Sin actividad

Como su propio nombre indica, si la diferencia entre el IVA devengado y el deducible sale a 0, marca esta opción. Y si la razón es que no has ejercido tu actividad durante este trimestre, asegúrate de marcar la casilla “Sin actividad” que te aparecerá en el nuevo elemento del formulario.

A compensar:

Modelo 303. A compensar

En el caso de que el resultado de la Diferencia entre el IVA devengando y el IVA deducido haya salido negativo, aunque la cantidad la pondrás en positivo en el nuevo casillero que aparecerá en el formulario.

A devolver:

Modelo 303. A devolver

En el caso de que el resultado de la Diferencia entre el IVA devengando y el IVA deducido haya salido negativo, aunque la cantidad te saldrá en positivo en el nuevo casillero que aparecerá en el formulario.

Ten en cuenta que la opción de devolver es solo para el 4T, y no es algo automático, sino que antes la AEAT efectuará una revisión de tus declaraciones, por lo que, en general, pasarán meses hasta que te lo ingrese.

Devolución anotada en Cuenta Corriente Tributaria

Modelo 303. Devolución en CCT

Y la última opción también es solo para aquellos que tengan una Cuenta Corriente Tributaria.

Una vez que elijas el tipo de declaración que quieres hacer, y estés seguro de que tienes todo cumplimentado, pulsa «Firmar y enviar».

5- Firma

Firma para declaración de Impuestos en AEAT

Te saldrá una ventana con un código con el número del modelo y tus datos (NIF y Nombre y apellidos). Pulsa «Aceptar» (o «Firmar y enviar» según el certificado que uses).

Seleccionar un certificado digital para firma o identificación

Puede volverse a abrir entonces una ventana para que escojas tu certificado digital. Si tienes varios instalados en el ordenador, deberás escoger entre ellos el que quieras usar. Cuando lo hayas hecho, pulsa «Aceptar».

Y ya tienes tu declaración

Tu Modelo 303 ya presentado a la AEAT digitalmente

En la pantalla se confirmará que se ha realizado correctamente el procedimiento, junto con un PDF de tu declaración que podrás guardar. Además, incluye un Código Seguro de Verificación por si necesitas consultar este trámite posteriormente.

Sí tienes Cl@avePIN te recuerdo que hay otra guía donde se ha explicado cómo presentar el modelo 303 con Cl@vePIN, y otra donde se ha explicado cómo puedes presentarlo sin necesidad de tener ni Cl@vePIN ni certificado digital.

Y si quieres consultar todas las entradas dedicadas al IVA, hay una recopilación con todas las entradas dedicadas a los modelo 303 y 390.

¿Te ha resultado útil este «paso a paso»?

Marta Lanza ( 111 Posts )

Marta Lanza es una asesora jurídica especializada en los procedimientos con la Administración, tanto que, actualmente, se encuentra opositando para poder trabajar directamente en la modernización de la Administración y lograr que la relación entre administrado y Administración sea ágil y sencilla, ya sea "en persona" como a través de una pantalla.

134 pensamientos en “Cómo presentar el modelo 303 con certificado digital

  1. Oriol Rafanell

    Hola,
    Yo tengo Certificado de Usuario y lo he utilizado hace poco. Pero presento este mod. 303 y el ultimo paso a partir de 6 – firma, no me lo solicita.
    Qué puede haber ocurrido?

    Atentamente
    Oriol Rafanell

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      No lo entiendo muy bien, Oriol, ¿no te lo solicita pero sí te dice que se ha hecho todo correctamente y te aparece el PDF con tu 303?

      Responder
  2. Santi

    Hola Marta, muchas gracias por los pasos tan bien explicados, pero tengo una duda. En que momento se hace pago a hacienda, éste es mi gran duda ?.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Me alegro que te hayan ayudado mis explicaciones, Santi.

      Respecto a tu duda sobre el momento del pago, depende de la opción que escojas.
      No es lo mismo que escojas «A ingresar», que ya tienes que haberlo hecho cuando presentas la declaración, y lo que tienes que poner en la declaración es el Número de Referencia Completo (NRC) del pago ya realizado, que elegir la «Domiciliación del importe a ingresar», que se hacen automáticamente, y de forma posterior a la presentación, en un día prefijado. Estos días serán los días 15 de abril, 15 de julio y 15 de octubre, y el 25 si es Enero, por lo que no puede elegirse esta opción después de ese día aunque sí puede presentarse la declaración (eligiendo otra opción de pago) el resto del plazo legal de cada periodo.

      Espero habértelo aclarado un poco mejor.

      Responder
      1. Santi

        Hola Marta de nuevo,

        A eso me refiero al momento de hacer el pago por el banco, con el mismo certificado lo hago y cuales son los pasos, te piden domiciliación bancaria.
        Otro tema, si lo domicilias y haces la gestión a principios de mes, como sé, que cuando llegue el dia 15 de Abril me lo cobrarán en mi cuenta.

        Muchas gracias.

        Responder
        1. Marta Lanza Autor

          Hola de nuevo, Santi
          Si haces domiciliación bancaria, no hay más pasos especiales que los puestos más arriba: seleccionar esa opción y poner el número de cuenta. Si en el último paso todo ha salido correcto, puedes estar seguro de que también la domiciliación está (y se hará) bien.

          Respecto a cómo te enteras de que te han pasado el pago el 15 de Abril, Santi, la Agencia Tributaria no tiene previsto ningún tipo de procedimiento de aviso. Solamente pasa la orden ese día y cobra.
          Otra cosa es que tu banco tenga algún sistema de aviso (pregúntales), o que tú estés pendiente de comprobarlo ese día. Pero tampoco hace falta. De momento no ha fallado nunca y siempre se hace en el día previsto.

          Responder
          1. Santi

            Muchas gracias, a ver si todo va bien el mes que viene. Ya te comentaré.

  3. jose fernandez

    Estupendo, Marta, por mi parte creo que lo expresas clarísimo. Si no te enfadas te diré que, precisamente, lo único que encuentro mal es el SI NO, que escribes junto, cuando debe se separado.
    Una cosa es:
    No era azul, sino amarillo
    y otra:
    Si no llegas pronto me marcharé. Si no lo encuentras dímelo.

    Por cierto, ya que todo lo explicas tan bien..¿Cómo rescato de mi viejo ordenador la firma digital y la instalo en un ordenador nuevo?

    Muchas gracias otra vez, Marta…..y no te enfades, soy positivo.
    Es igualmente frecuente el uso equivocado de EN TORNO a y el ENTORNO.
    Se puede decir: Llegaré en torno a las siete En torno al congreso se había acumulado una gran muchedumbre
    Pero será unido en el caso: En el entorno del director hay mucho inepto.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      No me enfado, Jose.
      Si eso es lo único que tienes que criticar, me lo tomaré como algo constructivo y prestaré aun más atención a cómo escribo.
      Y espero, por tu parte, que esos posibles lapsus no te espanten tanto como para no volver y aprender tú un poco más de lo que yo pueda enseñarte.

      Responder
  4. Mara

    Hola «super Marta» desde luego eres un fenómeno. Mira acabo de rellenar el modelo 303 con el certificado digital, pero después de leer la información que has dado sobre «a ingresar»….. me parece que he metido la pata. Me confundió un comentario hecho dentro del recuadro cuando piden el NRC,. Bueno la cosa es que al final lo he enviado como si ya hubiera ido a mi banco y lo hubiera pagado previamente, cuando resulta que en el campo a rellenar «número de referencia NRC» pues no se me ha ocurrido otra cosa que poner un número kilométrico (numero de referencia completa) que se me dió al principio para la obtención del dichoso NRC. Puse mi número de mi cuenta con su IBAN pero lo curioso es que al dar a ENVIAR, me dijo que la presentación había sido correcta…….. ahora estoy bloqueada, porque ya no se si volver a hacerlo pero haciéndolo como muy bien aconsejas tu, que es domiciliándolo o dejarlo tal cual porque con dicho mensaje es como que ya la he presentado….. puff!
    Otra cosita. En el icono que tengo de INFORMATIVAS. estoy intentando que se meta dicho modelo 303. Por mas que le doy a «extraer modelo nuevo de internet» no se bien que pasa, pero no veo el 303, a no ser que lleve otro procedimiento.
    Muchísimas gracias y mil disculpas por si no me hubiese explicado bien, lo digo por PP Fernandez!! que él si que sabe poner correctamente cada palabro, perdón palabra.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Hola Mara.
      Si realmente no metiste el NRC, la única solución sería hacer una declaración sustitutiva, pero el modelo 303 parece solo estar pensado para la posibilidad de una declaración complementaria, que tiene diferencias con la sustitutiva. Pero me parece algo muy raro que hayas podido presentar el 303 con un NRC equivocado. Nunca lo había oído. Teóricamente el sistema te lo hubiese impedido.
      Comprueba en tu banco que realmente no lo hayas hecho ya bien antes de intentar la complementaria.

      Y respecto a el programa de informativas, no tiene el modelo 303, así que no te vuelvas loca buscándolo.
      ¡Ánimo!

      Responder
  5. Santi

    Hola Marta,

    Bueno seguí tus pasos como indicabas y al final he tenido problemas, después de rellenar el impreso al darle al «ENVIAR Y ACEPTAR», me sale «TIPO DE NIF NO ADMITE DOMICILIACION».
    Lo he hecho como 5 o 6 veces cambiando de todo, el CIF he puesto el número que me dierón en haciendo de CB, incluso he puesto el mio propio para probar, no sé, lo que hecho mal, he rellenado el impreso con el CIF de la comunidad de bienes que tenemos , la denominación que nos pusierón en hacienda, el importe a ingresar , puse lo de la domiciliación bancaria, me pidio cuenta del banco y al enviar sale lo que te he dicho antes. NO LO ENTIENDO.

    Al final he hecho la autoliquidación con el formulario de predeclaración de régimen general, lo he rellenado, he generado un PDF, y lo llevaré al banco para que lo paguen, por cierto te sale 2 copias para el interesado y una para entidad colaboradora, y la de la Administración?.

    Bueno, a ver si me puedes ayudar con lo anterior antes de llevarlo al banco.

    Muchas Gracias.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Me temo que eso te ha pasado por tratarse de una comunidad de bienes, Santi. Hacienda no permite domiciliar en este caso.
      En cuanto a las copias, no hay ninguna para la Agencia Tributaria porque no tiene que entregarse allí ninguna. De hecho, el banco digitaliza la información y se la remite a la AEAT, así que llévasela ya cuando quieras.

      Responder
  6. Mara

    Marta buenos dias, acabo de ver que se han cobrado en mi cuenta el IVA a pesar de haber puesto mal el número de NRC. He llamado al Banco y me ha dicho el director que vaya inmediatamente para allá y que anule dicha operación porque efectivamente no tiene sentido que ellos no me hayan dado ningún número para ponerlo en el formulario y que Hacienda o el Sistema de ellos me lo hayan aceptado con otro número.

    Espero que al anular dicha operación después cuando vuelva a rellenar el modelo 303 no tenga problemas, porque ahora sí que me van a dar el número correcto y es el que voy a meter. A menos que me aconsejes que marque la casilla a ingresar domiciliándolo en mi cuenta.

    Y gracias por aclararme lo de las Informativas….. efectivamente ya me estaba volviendo loca para ver como podía meter dicho modelo ahí.

    Esta tarde volveré a intentarlo y veré si me acepta el que la vuelva a presentar pero con el NRC correcto. Ahora voy a anular la operación que se hizo ayer, aunque me han cobrado todo correcto como yo lo puse…. esto de verdad es algo inaudito (con un NRC incorrecto)…….

    Responder
    1. Mara

      Bueno resumo lo acontecido con el tema del NRC.
      Fui al Banco y me dijeron que en el momento que yo tecleé en el recuadro «OPTATIVO: OBTENER NRC» me salió el número que comenté la primera vez, una fila kilométrica de números con letras, cuyo título decía: Nº DE REFERENCIA COMPLETA. Pues bien, se ve que al rellenar también los datos de mi cuenta bancaria, automáticamente salió todo correctamente. Es como si te ayudara a evitar el ir al Banco para la obtención deL NRC y así tu ya lo haces todo desde el ordenador. Son un total de 22 caracteres entre números y letras.

      Casi te diría que es muy parecido a la forma de marcar la casilla «domiciliar» y luego poner tu cuenta bancaria.
      Claro que también no se si a la hora de cobrarse lo hacen en tiempo igual, ya que por el sistema de «A INGRESAR» ha sido inmediatamente y si fuera por «DOMICILIAR» puede que lo hagan después del 15 de Abril. Esto si que no tengo ni idea. Lo digo por Santi que quería saber si se recibía alguna notificación por parte del Banco. De todas formas en el momento en que se haga, es bueno ir al día siguiente al Banco o desde Internet ver los movimientos, porque ahí si que sale todo.

      Y cambiando de temas de formularios. Marta como puedo saber si tengo que hacer yo la declaración de la renta? Pregunto esto porque el local que tengo alquilado mi madre tenía el usufructo, pero a raiz de su muerte, yo obtuve todo, la nuda propiedad y el usufructo. Llevo así justo un año. No tengo trabajo y tampoco tengo otro tipo de ingreso. Vivía con mi madre hasta que por desgracia de sopetón falleció.
      Gracias de nuevo.

      Responder
      1. Marta Lanza Autor

        Me alegro que todo se aclarara y tu declaración saliera correctamente a la primera, Mara.
        Como has imaginado, «Ingresar» supone que el pago se hace en el momento, pero en el caso de «Domiciliar» se retrasa hasta el último día de pago (no de domiciliación), es decir, el pago se hará el día 20 (el 30 si se trata de la declaración del IVA de Enero).

        Sobre temas del IRPF, me temo que de momento no se están tratando en el blog, y en ningún caso se analizarían en los comentarios supuestos particulares en los que necesitaría conocer algún dato más. Pero deberías mirarlo, ya que solo con lo que comentas es muy posible que sí que tengas que hacer la declaración.

        Ánimo con tus declaraciones y siento mucho lo de tu madre.

        Responder
  7. Santi

    Hola Marta,

    Gracias por la información, eso no lo sabía, entonces a partir de ahora tengo que hacer la predeclaración con todos mis datos, ir al banco a pagar, me darán un NRC y volver a hacer la Autoliquidación con el NRC que me haya dado el banco, pero no poniendo la cta. bancaria en el formulario, es así, verdad?.
    Llamaré a Hacienda para preguntar porque una Comunidad de bienes no puede hacer el trámite bancario por internet, eso es lo que no entiendo teniendo la firma electrónica a nombre de la Comunidad de Bienes no me deje hacer todos los pasos por internet, incluido el pago, sin tener que ir al banco. El resto de modelos los he hecho perfectamente con la firma y no ha habido problemas.

    Seguiremos en contacto, gracias.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Desconozco la razón, pero me temo que es así, Santi: las comunidades de bienes no pueden domiciliar el pago del impuesto, así que tendrás que optar por el ingreso y usar el NRC.
      Si al final vas y te explican porqué es así, por favor, compártelo, porque me encantaría saberlo y también creo que es algo que deberán cambiar en algún momento.

      Responder
  8. Consuelo

    Hola. Me ocurre lo que acabáis de comentar, que al ser CB no me deja domiciliar el pago y si elijo «ingresar» me pide el NRC el cual no tengo (lo normal, entonces, sería que esta opción te generara un documento con el que ir al banco). Total que aquí está una un sábado por la noche sin finiquitar el tema…

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      ¿Tampoco se te abrió la pasarela de pagos para hacerlo online, Consuelo? Es muy raro, porque la mayoría de bancos y cajas trabajan online con la AEAT y debería de activarse si pulsas la opción «Obtener NRC». ¿Ni siquiera te ha saltado una alerta por alguna incompatibilidad en tu ordenador? Porque si no, me temo que sí, la única opción es ir al banco.

      Responder
  9. Consuelo

    No, simplemente creo que al ser CB no hay opción a domiciliar ni a pagar online; no recuerdo lo que dijo exactamente al intentar obtener el NRC, creo que para el tipo de empresa no existía la opción o algo así… entonces elegí la opción «ingresar».

    Como decía, creo que ahí lo suyo sería que te creara un PDF, pero no, ni se inmuta. Así que guiada por un comentario de arriba di a «grabar los datos», volví a la web de hacienda, al modelo 303 y en lugar de elegir «presentar declaración telemática» elegí «predeclaración». De esa forma sí crea un PDF con el que fui al banco (otra vez fui sin documento y me dijeron que naranjas) y pagué, me dieron mi NRC y volviendo a la opción «presentar declaración telemática» elegí «importar datos» completé solo el susodicho numerito y envié. Solucionado.

    Lo que no entiendo es porque en función del tipo de empresa y etc, las opciones cambian; debería estar unificado.

    Me habéis servido de mucha ayuda, gracias 😀

    Responder
  10. Gema

    Podría explicar dónde se paga y en qué paso del proceso, cuando no quiero domiciliar el pago y quiero ir a ventanilla del banco a pagar. Se trata de una sl. Muchas gracias.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Actualmente no está explicado en detalle el tema del pago en el blog, Gema, pero me plantearé hacer algún nuevo «paso a paso» sobre el tema en el futuro, gracias.

      Responder
  11. antonio

    Hola, me hice autonomo el mes pasado, y me hice el certificado digital ayer, y hoy, he entrado para rellenar el iva, y como suele ser habitual cuando intentas seguir un tutorial, no coincide nada, de lo que me aparece en pantalla, con lo que pones aqui. Nada mas entrar en iva, me aparece un menu, yo elijo presentacion 2014 regimen simplificado con cerificado digital. Al pinchar, me aparece un cuadro para rellenar…trimestre, nif, nombre…y luego:

    Razón Social
    ¿Está inscrito en el Registro de devolución mensual (Art. 30 RIVA)? (SI/NO)
    ¿Tributa exclusivamente en régimen simplificado? (SI/NO)
    ¿Es autoliquidación conjunta (Art. 71.6 RIVA)? (SI/NO)
    ¿Ha sido declarado en concurso de acreedores en el presente periodo de liquidación? (SI/NO)
    Fecha en que se dictó el auto de declaración de concurso
    Si se ha dictado auto de declaración de concurso en este periodo indique el tipo de autoliquidación Preconcursal
    Postconcursal
    ¿Ha optado por el régimen especial del criterio de Caja (art. 163 undecies LIVA)? (SI/NO)
    ¿Es destinatario de operaciones a las que se aplique el régimen especial del criterio de caja? (SI/NO)
    Opción por la aplicación de la prorrata especial ( artículo 103.Dos.1º LIVA) (SI/NO)
    Revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial ( artículo 103.Dos.1º LIVA) (SI/NO)

    Para alguien, que no está acostumbrado a estos formularios, me suena a chino todo, evidentemente hay algunos muy claros, pero otros….no lo tengo tan claro.
    Rellenandolo, como creo que es correcto, llego a otra página, y otra vez mas datos….
    A. Actividades agrícolas, ganaderas y forestales…..
    y no sigo porque no termino, pero ni rastro de un apartado claro de iva devengado y deducible. A ver si me pudieras echar una mano, porque tengo que presentarlo, y no se como hacerlo (solo tengo una factura ingresada y otra para deducir). ¿en informacion de aeat telefonica no me pueden ayudar? son solo dos facturas, no creo que sea dificil decirme en que casillas ponerlo, (y rellenar las que tengo duda). Gracias.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      El modelo 303 se ha modificado y todavía no había cambiado las capturas, pero ahora espero que lo tengas más claro, Antonio.
      ¡Ánimo!

      Responder
  12. francis

    Hola Marta, primero de todo…está superbien éstas explicaciones tuyas, los de hacienda deberían tomar nota, porque vamos…..
    Os voy a explicar mi «odisea» para intentar hacer la declaración del Iva del 1T….he estado leyendo los posts anteriores e hice lo mismo que Mara, obtener el NRC y seguir rellenando datos…..todo bien, puse «a ingresar» a través de cuenta bancaria…todo bien….y sin ningún problema….le doy «firmar y enviar» y me pone un texto:
    Nº REFERENCIA COMPLETA (una serie de números) NRC OBTENIDO ESTÁ EN ( archivo de mi pc) NO ENVIADA.
    Enseguida miré el extracto de mi cuenta y ya lo habían cobrado…..
    Entonces ya no sé que hacer…..entiendo que he pagado el 1T pero no está enviado el impreso…. pero no veo opción para enviar el impreso, porque si lo vuelvo a hacer me lo volverán a cobrar….

    Espero que alguien me pueda ayudar, sinó tendré que ir a la administración a ver si me pueden explicar o ayudar..

    Muchas gracias
    Francis

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Cuando seleccionas «Ingreso», el pago es anterior a presentar la declaración en Hacienda, Francis, así que por eso no te preocupes.
      Busca el NRC de ese pago que ya has hecho y pégalo en la declaración. Cuando la envíes solo vincularás ese pago concreto, no ordenarás uno nuevo.

      Responder
      1. Fernando Miguel

        Hola Marta. Tengo un problema prácticamente igual al de Francis con el modelo 303. He ido rellenando el impreso, lo he confirmado con la firma electrónica y está cobrado pero no lo había grabado porque pensaba que el sistema te generaba una copia en pdf del modelo para archivo como en años anteriores. El susto lo tengo ahora al leer todo el sistema que se han inventa nuevo del NRC y, que como es de tradición, Hacienda nunca avisa de cambios. ¿Que tendría que hacer ahora si los datos no estan grabados y por lo tanto ya no puedo poner el NRC en esa declaración para enviarla pero sin embargo sí que está pagada?

        Muchísimas gracias.

        Responder
        1. Marta Lanza Autor

          Algo falla en lo que me cuentas, Fernando, ya que el programa no debería haberte dejado firmar y presentar el modelo 303 si no has elegido y cumplimentado correctamente una opción de pago. ¿Seguro que no estaba el NRC?

          Responder
          1. Fernando Miguel

            Hola de nuevo, Marta. Ante todo, gracias por tu atención. Lo que hice, una vez cargado en pantalla el 303, fue cumplimentarlo y luego cliqué al botón «Obtener NRC» pero yo no vi que se visualizara ningún código e inmediatamente después me apareció la pantalla para entrar el número de cuenta corriente y posteriormente lo confirmé con la firma digital. Los datos no los grabé porque hasta ahora nunca me había hecho falta y la sorpresa es que ahora, con los cambios que han hecho, se ve que no genera el pdf automáticamente. A primera hora pondré el portátil a ver si es que ha de pasar un dia para para que el ingreso se vea reflejado en la opción de consultas y poder imprimir el modelo. Si no es así, iré a la Delegación de Hacienda a exponerles mi caso a ver qué solución hay. Lo que me digan ya lo expondré en este foro por si hay algún caso más como el mío. Saludos.

          2. Fernando Miguel

            Buenas tardes Marta,
            Ya tengo la solución que me han dado en Hacienda. Por si a alguien más le pasa lo mismo, lo me me ha sucedido es que hice el modelo 303 mediante la opción de ingreso y posteriormente ejecuté el ingreso con firma electrónica, después me salí del sistema sin haberlo gravado porque desconocía los cambios implantados ahora en la web. Luego el banco me dió el NRC pero ya no pude hacer el envío del documento a Hacienda porque no había grabado los datos (base imponible, quota, dni, etc). Me han dado 2 soluciones pero en mi caso ya sólo puedo tomar la segunda:
            1. Ir al banco para que anule el NRC y que el mismo banco devuelva el importe. Posteriormente se hace otra declaración. Este sistema sólo sirve si se anula el mismo día del ingreso porque el banco no puede hacer anulaciones a partir del día siguiente.
            2. Imprimir una declaración hecha manualmente pero no enviarla. Solicitar a Hacienda un aplazamiento del pago. Entregar estos dos documentos, declaración en papel y la solicitud a Hacienda. Hacienda contestará con una propuesta de declaración. Después, presentar una instancia solicitando que enlacen el código NRC del pago original del que no se pudo obtener el documento 303 con la propuesta de declaración realizada por Hacienda.
            Es un poco lío pero son las únicas posibilidades que me han ofrecido.
            Saludos para todos los sufridores de Hacienda.

  13. mIRIAM

    Hola Marta,
    muchas gracias por tus buenísimas explicaciones.
    Me surge una duda: estoy intentando rellenar el iban para domiciliar el pago del IVA, y el número que yo tengo de iban (que es ES + número+ cuenta corriente) no encaja en las casillas que me proporcionan para rellenarlo. Tampoco encaja el número de la cuenta corriente solo. QUé debo introducir? Gracias!

    Responder
  14. Toni

    Hola Marta. Yo tengo un alquiler he ido al banco he pagado el iva del primer trimestre y me han dado el cod.nrc y ahora no lo se rellenar ni que paso tengo que seguir me he bloqueado .

    Toni

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Cuando cumplimentes el formulario del 303, Toni, simplemente pon el NRC en el casillero que se despliega cuando seleccionas «Ingresar» 😉

      Responder
  15. Pedro CC

    Muchas gracias por la información compartida en esta página web. Gracias a ella he podido parar el IVA de un alquiler el cual me tenía bastante preocupado pues nunca había presentado ningún documento por internet.
    Nuevamente le reitero mi agradecimiento por su gran labor altruista.
    Atentamente Pedro C.

    Responder
  16. teresa

    Hola! Yo estoy haciendo la autoliquidación de IVA de una comunidad de bienes. Elegí la opción de «Ingresas» y tras meter el número de cuenta, me asignaron un NRC. He comprobado en la cuenta que han hecho ya el cargo, sin embargo, al intentar firmar y enviar la declaración no me deja y sale lo siguiente:
    EN ESTOS MOMENTOS SU PETICION NO PUEDE SER ATENDIDA, CODIGO DE ERROR:0213
    Sabes a qué puede deberse?
    Muchas gracias!

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Suele ser por haber cumplimentado el modelo con algún signo no alfanumérico, lo que genera error en la declaración.
      Vuelve a cumplimentar el formulario e intenta enviarlo de nuevo, Teresa 😉

      Responder
  17. Marc

    Hola Marta, me has salvado la vida con todo esto, al ser novato se me hacía un mundo.
    Sólo una duda, pones que la Domiciliación del importe a ingresar funciona hasta el día 15, supongo que es inclusive, no? En caso contrario, qué debo hacer para arreglar-lo? Gracias!

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Sí, Marc, el 15 es el último día para domiciliar, así que aun estás a tiempo. Después ya no hay forma de utilizar esta opción.

      Responder
      1. Marc

        Hola de nuevo, una duda, después de hacerlo, tengo que imprimir el documento y llevarlo al banco?

        Responder
        1. Marta Lanza Autor

          Lo bueno de usar el certificado digital para presentar el modelo 303 (o el PIN24H) es que todo se hace online, así que no tienes que preocuparte de llevar nada ni a la AEAT ni al banco, lo hace la web de la AEAT, Marc.

          Responder
  18. Sonia

    Buenos días Marta,
    Gracias por tu explicaciones tan precisas, la verdad es que la AEAT debería tomar nota..
    A mi me ha ocurrido lo siguiente:

    He presentado el 303 con resultado a ingresar y lo he domiciliado.

    Al revisarlo esta mañana, me he dado cuenta de que la base imponible del iva deducible la he puesto mal, pero la cuota de IVA es correcta.
    Lo suyo sería presentar una sustitutiva, puesto que no quiero cambiar la cuota a ingresar. El resultado de la liquidación está bien, pero sólo necesito cambiar la base imponible.

    Qué debo hacer? Presento una complementaria y pongo la cantidad de la primera declaración en la casilla 70?
    Entonces me saldría el resultado a 0…?
    Estoy llamando a Hacienda pero no me lo cogen.. y hoy es el último día para presentar liquidaciones domiciliadas…

    Gracias 😀

    Responder
      1. Eva

        Eso me pasó una vez algo similar, la cuota a ingresar estaba correcta pero se me olvidó incluir las operaciones no sujetas. Llamé y me dijieron escribir una carta en la que pedí la rectificación, incluyendo los datos de referencia y los datos correctos.

        Responder
  19. Paz

    Buenos días Marta, soy participe de una Comunidad de Bienes y tengo que hacer el 1 Trimestre del IVA, tengo varias dudas. 1ª) ¿Puedo hacer la autodeclaración como siempre, generando un PDF de la Web de la Hacienda y llevándolo al Banco a cargarlo en mi cuenta? 2º) ¿ Puedo hacerlo de algún modo de con el certificado digital de la Comuidad de Bienes, estando la Cuenta corriente con la que lo pago a mi nombre, o tiene que estar por obligación a nombre de la Comunidad de Bienes? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      En este momento me temo, Paz, que si quieres hacer un pago digital con la plataforma de la AEAT, siempre tendrá que ser a una cuenta cuyo titular sea el obligado tributario.

      Responder
  20. Paco M.

    Hola Marta.
    Antes que nada gracias por poner un poco de luz en toda esta oscuridad. Una ayuda (la de la AEAT) que se limita a a repetir lo que viene en el formulario es de … mejor me lo callo.
    Sin embargo sigo con una duda. He dejado el local que tenía alquilado y he reformado una nave. La mayor parte del IVA deducible se debe a la obra, el proyecto, materiales, herramientas,… ¿Todo esos conceptos entran dentro de «bienes de inversión»?
    Mientras buscaba info al respecto he visto que algunos hablan de regularización, prorratas y demás, y ahí ya sí que me pierdo y me desespero. ¿Eso quiere decir que no puedo meter todo el iva deducible por ese concepto el primer año sino que tengo que repartirlo en 4 años o se me ha ido del todo la olla?
    Gracias y un saludo.

    Responder
  21. Francesc

    Hola Marta
    Me ha resultado muy util tu explicacion pero cuando he llegado al final ha aparecido un mensaje de error diciendo que no se podian domiciliar las entidades del articulo 35.4 de la LGT. No se donde puede haber el error ya que yo soy una persona jurídica, no una comunidad de bienes, ni herencias… que es de la que abla este artículo.
    gracias!

    Responder
  22. Eva

    Hola Marta, te felicito por tu blog y las maravillosas explicaciones sobre el mundo fiscal. Muchas gracias por compartir tus conocimientos. Mi duda es sobre la primera pantalla esta vez del 303, la lista de preguntas:


    – Opción por la aplicación de la prorrata especial (art. 103.Dos.1º LIVA)
    – Revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial (art. 103.Dos. 1º LIVA)

    Podrías decirnos qué significan estas dos opciones y qué implican? Valen para siempre o sólo por la presentación de este trimestre? Muchas gracias de antemano!

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Ahora mismo no está explicado todo, es cierto, Eva, y me plantearé desarrollar estos puntos en nuevas entradas para que no se pierdan las explicaciones en las respuestas, ya que estoy comprobando que no todos leen las dudas que se han planteado antes. Pero lo más probable es que, en tu caso concreto, si no la conoces no necesites usarla, ya que suele ser más habitual que la empleen (simplificando) los fabricantes de productos.
      Por supuesto, como en toda declaración, es algo que siempre tienes que señalar. La web no lo recuerda de una vez para otra, me temo 😉

      Responder
      1. Eva

        Muchas gracias por la rápidez en contestar, Marta! Tendré paciencia, me encantaría leer tu futuro post sobre el asunto!
        Sólo me preguntaba, si no marco la primera opción, “por la aplicación de la prorrata especial”, implica que debería marcar por lógica la segunda opción “Revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial”. Es que la lógica de Hacienda a veces es difícil de entender, sobretodo si uno no tiene formación en temas fiscales y jurídicos. Gracias de nuevo y feliz pascuas!

        Responder
        1. Marta Lanza Autor

          El tema es que no tienes obligación de elegir ninguna de ellas «sí o sí», Eva, solo aquellos que hayan elegido que se les aplique la prorrata especial y aquellos que renuncien a ella deberán estar pendientes de esta opción. Y lo mismo pasa con el criterio de caja. Si no te afectan, como si no estuviesen para ti.

          Responder
  23. alberto

    hola, una duda yo presente el modelo 303 el dia 9 de abril y puse domiciliacion del importe a ingresar. hoy estamos a 19 y aun no me han pasado el cargo a mi cuenta. que debo hacer?
    gracias

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      La domiciliación se pasa el último día, Alberto, así que no tienes nada de lo que preocuparte si cuando lo presentaste te salió todo correcto en la pantalla final.

      Responder
  24. Marc

    Hola Marta

    Me ha pasado el plazo para domiciliar el pago del primer trimestre del IVA modelo 303 mediante el pin24h.

    Me gustaría saber que opción de pago me queda

    Muchas grácias

    Responder
  25. FERNANDO MENA

    Al presentar el modelo 303, no me deja ya domicliar el pago. Como puedo pagar este trimestre si ya no dejan hacerlo por ventanilla.

    Responder
  26. Pilar G

    Gracias Marta, lo has explicado muy bien. Llevo tiempo presentado IVAS telematicamnete sin problema, pero esta vez el IVA del 1t-2014 se me ha atragantado: he efectuado el ingreso en Banco, porque se me pasó la fecha de presentarlo con pago domiciliado, y ahora no consigo hacer la presentacion del 303. No me admite el NRC que figura en el comprobane del pago. Me da el mensaje de NRC erróneo, incluso copiando y pegando los 22 digitos del NRC para evitar errores.
    Tienes idea de que puede pasar?
    Gracias

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Lo siento, Pilar, pero con lo que me dices no puedo saberlo. Intenta ir mañana a primera hora a tu banco para ver si el NRC que tienes es correcto y si no es así que te digan qué pasa, ya que ese número tiene que proporcionártelo tu banco.

      Responder
  27. Rubén

    Buenas tardes Marta. Voy a realizar el IVA trimestral con certificado electrónico pero ya desde el principio no tengo muy claro que opciones elegir. Me explico: Al inicio cuando has de elegir las casillas a marcar, entiendo que ciñendome a mi caso, debería de elegir el régimen general, pero luego mas abajo cuando te hablan del criterio de caja, no entiendo bien a lo que se refiere. Como comentas que hemos de tener cuidado a la hora de elegir ya que luego no hay posibilidad de modificarlo, me da un poco de miedo tirar para adelante antes de preguntarte no la vaya a liar.

    Muchas gracias y un saludo

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Para simplificar, Rubén, y no dar muchas vueltas que hoy es el último día: Si no sabes lo que es el criterio de caja, es que no te afecta porque ni lo has elegido ni ninguno de tus clientes se ha acogido a él, así que no marques nada de eso y sigue adelante con el modelo 303 como siempre.

      Responder
  28. carlos

    Yo al ser sanitario no genero IVA,. Asi que solo tengo que pagar el IVA del local que tengo alquilado. ¿eso en que casilla iria?
    Muchas gracias

    Responder
  29. Mara

    Muy buenas Marta,
    No creí que volviera a necesitar de tu ayuda con este dichoso formulario 303.
    Hoy dia 2 de julio me puse con ello. Mi servidor iba lentísimo y con dificultades me meti en la Web de la Agencia Tributaria. Le di a sede electrónica y observé que pude sacar la declaración anterior, del primer trimestre. El problema que me he encontrado ha sido que al pedir el famoso NRC, y dar a enviar, esta vez no fue tan bien como la última, ya que cuando di a enviar, me salio esto: Atención: «NO ha realizado la presentación, el NRC ha sido obtenido». Y enseguida me metí en mi número de cuenta bancaria con el fin de poder ver si ya me habían cobrado el IVA del 2T, y efectivamente ya me lo han cobrado!!!!!
    Con lo cual por favor dime ahora que tengo que hacer ya que a mi no me ha quedado registrada la PRESENTACION. No se bien si he de volver a rellenarla y en el campo de ingresar señalar la que pone: «domiciliación del importe a ingresar» y poner mi CC.
    Solo espero que esto no me vaya a suponer el pagar dos veces. En serio que lio.
    De todas formas hay alguna forma de ver si se ha presentado o no?
    Gracias Marta.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Parece que el problema ha sido de la banca electrónica, Mara, así que me temo que vas a tener que acudir a tu banco si te ha cobrado pero no te ha dado el NRC que necesitas incluir en el 303. ¡Ánimo!

      Responder
  30. Mara

    Por cierto estoy buscando el NRC y no se donde ha debido de «guardarse» en serio esto si que es super estresante, sobre todo cuando se está tan pez en estas batallas!! Disculpas por tanta ignorancia.

    Responder
  31. Mara

    Vamos a ver. Creo que todo se debe a que empecé por meterme en donde te da la opción a hacer la declaracion basada en «declaraciones anteriores». Se me ocurrió pinchar ahi e inmediatamente recuperó los datos que yo declaré el primer trimestre. Estaba todo igual, me refiero en cuanto a lo que tenia que declarar de IVA.

    Marta dime que pasaría si le diera a «firmar y enviar» cuando estoy metida de nuevo en la ficha con los datos anteriores del primer trimestre. Voy a intentar resumidamente lo que sale en mi caso sin poner cifras, los euros los pongo con una X grande.

    IDENTIFICACIÓN: ——– NIF —— DEVENGO EJERCICIO: 2014 PERIODO: 2T
    REGIMEN GENERAL: si (sabemos todos que sale con un V)
    LIQUIDACION: TOTAL CUOTA DEVENGADA ……..X €
    IVA DEDUCIBLE: RESULTADO REGIMEN GENERAL …… X €
    INFORMACION ADICIONAL: (en blanco)
    RESULTADO: PORCENTAJE ATRIBUIBLE A LA ADMON. DEL ESTADO ….100%
    RESULTADO DE LA LIQUIDACION ….. X €
    A CUMPLIMENTAR SOLO EN EL CASO DE DECLARACION COMPLEMENTARIA: (en blanco)

    SELECCIONE EL TIPO DE DECLARACION
    RESULTADO POSITIVO
    0 INGRESO TOTAL 0 DOMICILIACIÓN DEL IMPORTE A INGRESAR 0 INGRESO A ANOTAR EN CTA TRIBUTARIA
    mas abajo pone FIRMAR Y ENVIAR. es aquí donde quiero saber que pasaría si no marco ninguna de estas opciones y le doy directamente a enviar. Pregunto esto a raíz de que como ya me han cobrado y según me salió el título de que NO ESTABA PRESENTADA, a ver si así queda «registrada» y sin cobrármela de nuevo.
    Que conste que si no le he dado a enviar, aun sabiendo que podría salirme el titulillo de «rellene el campo de tipo de ingreso», es justo por si está metida la información anterior cuando lo hago basándome en la anterior declaración, no como una declaración nueva.

    En cuanto al NRC si que me dijo que habia sido obtenido, por eso fue cobrada inmediatamente imagino que en base a haberla hecho sobre el «molde» de la declaración anterior, ya que todos los datos se copiaron igual.

    Responder
  32. Mara

    Marta acabo de encontrar un número de «referencia» lo escribí cuando me vi con la nota de: Atención no ha realizado la presentación. Apunté dicho número que empieza por 30 300 49………. y la declaración del primer trimestre coinciden con esos números, el resto no son iguales. A esto lo llamaron «NUMERO DE JUSTIFICANTE»
    Puedo hacer algo? ya que el código seguro de verificación no lo tengo por no estar presentada segun ellos.

    Responder
  33. Mara

    Marta pido disculpas, te hice caso, esta mañana me fui al Banco y me dieron el NRC que justamente era el mismo número que yo apunté antes de que empezara todo el lío.
    Me he vuelto a meter en el modelo 303 y en la parte última donde pone: – seleccione el tipo de declaración-, marqué «INGRESO TOTAL» y en el recuadro del NRC, coloqué el número kilométrico que el Banco me facilitó y que yo también tenía e inmediatamente le di a «firmar y enviar»……. y todo perfecto. Previamente me guardé el documento y bueno…. ya respiro de otra manera.
    Reconozco que hacer todo esto por via telemática y sin tener apenas experiencia, da mal juego a veces a los nervios.

    Gracias Marta por ayudarnos a todos y un saludo a todos los que estáis ahí dándole a la tecla en esta web tan estupenda.

    Responder
  34. ANGELS

    Una pregunta Marta : Al revisar el formulario mod. 303 observo una pregunta en los datos personales que dice ¿ es autoliquidación conjunta ? yo interpreto que se refiere en los casos, por ejemplo de un local alquilado propiedad de un matrimonio que no tienen constituida la comunidad de bienes ¿ puede ser ?
    Otra pregunta : en abril ( T1) utilicé el pin 24 horas , ahora para hacer el segundo trimestre ¿ por qué opción debo entrar ?

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      La autoliquidación conjunta no es algo que se decida por nuestra parte, así que no te preocupes por ella, Angels.
      Y tampoco te inquiete el tema de si usar el PIN24H una vez te condiciona para las siguientes. Puedes emplear el sistema que mejor te venga a ti cada vez, al igual que el de pago.

      Responder
  35. fRANCISCO

    Esto de la presentación telemática de declaraciones nos trae por la calle de la Amargura.
    En mi caso realizo las declaraciones trimestrales de IVA a mi tía de 87 años a quien esto de internet le suena a chino y a mi me cuesta adaptarme.
    El problema que te planteo es que al hacer la declaración correspondiente al segundo trimestre de 2014, modelo 303, en lugar de indicar IVA devengado 705,45 euros, se me ha corrido la coma y he indicado 70.545 euros. Así que la suma resultante a abonar me sale 14814 euros¡¡¡; ya lo he domiciliado y aceptado antes de advertir el clamoroso error.
    Mi pregunta es: puedo hacer una declaración sustitutiva de la anterior? Y, caso afirmativo, cómo carajo se hace.

    De antemano muchas gracias por ilustrarnos ante la compleja burocracia moderna. Saludos

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      ¡Menuda faena, Francisco! Pues me temo que tendrás que hacer una solicitud para rectificar el modelo 303 que has presentado y cruzar los dedos para que lo resuelvan antes de que te pasen el cargo…

      Responder
      1. fRANCISCO

        Ya he formulado la petición de anulación tanto de la declaración trimestral como de la orden de domiciliación el día 9. Después de pasarme por varios funcionarios, ya me conozco a casi todos los de la Administración tributaria, me tranquilizan prometiéndome que, como algo excepcional, tendré la anulación el próximo lunes (día 14 de julio). Me cuesta creer que un error como el que planteo no se les haya dado antes. El error consiste en multiplicarse la cuota a pagar por 100 por haber colocado la coma en el campo que no era, en el campo de los números enteros: en lugar de 148,14 me computan ¡14.814 euros!
        Me temo que no me lo solucionen el lunes y se monte el guirigai, esto es, que se haga efectiva la orden de transferencia y, en ese caso puede suceder que mi tía tenga saldo en la cuenta y se lo retiren o, de no tenerlo, como es casi seguro, ¿qué pasaría?, le abrirían un expediente de cobro con recargo?
        ¿ Y si me resuelven pasado el día 20, me impondrían una sanción por presentación fuera de plazo?

        Ante esta multitud de cuestiones que se me han planteado y para las que no estoy preparado por no dedicarme a materia tributaria, mi pregunta es: ¿ existe alguna dependencia, tipo defensor del contribuyente, donde solicitar auxilio?

        Gracias.

        Responder
        1. Marta Lanza Autor

          Es el problema con este tipo de rectificaciones, que aunque sea algo tan evidente, tiene que pasar por un procedimiento que puede no ser tan rápido. Pero al menos parece que los funcionarios ya están en ello, así que espero que te vaya bien, Francisco. Y a tu tía, claro.

          Responder
  36. Francis

    Hola Marta otra vez… después de hace unos meses en la que me solucionastes los problemas para el envío del 1T IVA, ahora al hacer el 2T pensaba que ya lo tenía claro y no iba a tener ningún problema….

    Empecé a rellenar todo y el problema está otra vez en la obtención del NRC…. le dí a Obtener NRC y me apareció un montón de número en la casilla y todo bien, está pagado y esperaba la respuesta de «referencia completa… NRC obtenido está en c:\ XXXX» y apareciese NO ENVIADA Y SI PAGADA»… y entonces volver a hacerla para enlazar al pago hecho….pero no me ha aparecido esta respuesta, tengo el NRC y no lo puedo enlazar… no sé si es porque está en un bloc de notas o qué….

    Esto es una odisea trimestre tras trimestre….

    Gracias

    Responder
  37. Francis

    Hola otra vez….. he podido solucionar mi nuevo problema….debe ser que la a la web de hacienda le pasaba algo o yo que sé….hoy si me ha aceptado el código NCR….. y ya tengo el justificante.

    Antes de hacer ésto he ido a hacienda y que si tenía algún problema que llamase a éste número… aquí lo dejo por si a alguien le es de utilidad 901200347.

    Gracias.

    Responder
  38. Nieves

    Me ha encantado ésta explicación tan detallada de cómo presentar este formulario, ojalá y lahubiese visto antes
    Tengo un problema y si me pudieras ayudar te estría eternamente agradecida
    El problema es que presenté el 303 con pin 24 horas y sin querer lo envié habiendo faltado rellenar una casilla por lo que el resultado es erróneo, quise volver a atras y quise rectificar, pero ya no me deja, dice que no se puede presentar porque ya esta presentado. ¿Tendrá fácil solución? Tengo la cabeza que me echa humo porque ya se sabe como es Hacienda con todas estas cosas
    Enhorabuena por este espacio tan didáctico para gente como yo que no se puede permitir el gasto que implica un gestor
    Un cordial saludo

    Responder
  39. setas

    Puff no me queda claro esto eh… si solo tengo UN ÚNICO cliente que es el que me paga desde Estados Unidos por un trabajo de web-cam ¿que tengo que hacer? ¿que iva se supone que tengo que declarar? ¿se pueden dejar campos en blanco?

    Responder
  40. ana

    buenos días, yo he descargado los modelos 130 y 303 y los he pagado en el banco, lo que no me queda claro es que tengo que hacer después, porque antes tenías que entregar una copia en hacienda.¿y ahora? no sé si habra que meter algún dato en la web de hacienda. Gracias y un saludo.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Al presentar con certificado digital es como la presentación física (en papel) de antes, así que ya lo has hecho, Ana. 😉

      Responder
  41. Cristina

    Buenos días,
    Lo primero agradecer a Marta su gran labor en resolver las dudas que nos surgen.

    En mi caso, quiero presentar el modelo 303 pero «sin actividad» porque no he tenido actividad obviamente. En este caso ¿sólo tendría que marcar la casilla «Resultado cero/sin actividad», sin rellenar ningún dato más, a parte de los datos personales, ejercicio tributario y tipo de régimen? Es decir, en cuanto a las casillas de IVA no haría falta rellenar nada ni poner nada a cero ¿cierto?
    Muchas gracias

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Yo pongo siempre 0 como cantidad en este tipo de casos, Cristina. No cuesta nada ponerlo y los datos concuerdan con la casilla «Resultado cero/Sin actividad», lo que siempre da mayor seguridad. 😉

      Responder
  42. javier

    Buenos días:

    Estoy tratando de realizar la autoliquidacion del IVA mod.303 sin PIN ni Certificado, y no consigo pasar de la primera pantalla, pues no reconoce el NIF que tengo, bueno diré que en Hacienda me asignaron un CIF, pues al introducirlo y los demás datos, al dar aceptar, me sale el mensaje de NIF erróneo, que tengo que hacer?,
    gracias
    Javier

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Si tienes un CIF estás obligado a presentar el modelo 303 con certificado digital, Javier, así que animo a leer esta entrada, donde, precisamente explico cómo hacerlo.
      ¡Ánimo!

      Responder
  43. Antonio Ruiz (www.naturalezayviajes.com)

    Hola, gracias por este magnífico post. He realizado todos los pasos para pagar con Certificado Digital y cuando llega la hora de pagar mediante ingreso me sale como bien dices un nuevo elemento en el formulario para introducir la cantidad y el Número de Referencia Completo (NRC) del pago ya realizado.

    Lo que no entiendo qué es eso del NCR. Por otro lado, ¿entiendo que ya he debido de pagar? Es decir, ¿he debido hacer un pago previo a cumplimentar el 303? ¿Dónde se hace ese pago?

    Muchas gracias.

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Efectivamente, Antonio, el pago es previo a la presentación y tienes que hacerlo online mediante la plataforma de pago que se activa donde dice «Optativo: obtener NRC» o directamente en tu banco online.

      ¡Suerte con tu declaración! 🙂

      Responder
        1. Marta Lanza Autor

          Si lo haces a través de la plataforma de Hacienda, sí, así es.
          Si lo haces directamente en tu banco, depende de como funcione este, Antonio, pero debería ser así.

          ¡Suerte! 😉

          Responder
  44. Pol

    Hola Marta, primero de todo gracias por la publicación, supongo que somos varios autónomos que la hemos seguido y nos ha ayudado! Te queria hacer una pregunta, estoy por irme al extranjero (Argentina) parte de diciembre y todo el mes de enero, crees que pueda presentar los ivas telematicamente (con el certificado digital) desde alli, con el mismo ordenador, la misma firma digital, etc??? Hay algun problema si me encuentro fuera del pais para hacerlo?
    Y otra pregunta los ivas del 4T hasta que dia tengo tiempo de presentarlos? Y otra mas, estoy obligado a hacer los ivas anuales?
    Muchas gracias por tu tiempo y colaboración!
    Un abrazo sincero
    Pol

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Hola Pol,
      Toda la información de las declaraciones del IVA la puedes encontrar aquí, incluidos los plazos.

      Solo nos quedaría el tema de presentarlo desde Argentina, y en este momento no estoy muy segura, ya que se sale del ámbito de mis conocimientos, ya que es un tema puramente informático. En principio parecería que sí, pero hace un tiempo me comentaron que el sistema está pensado para hacerlo desde España y no admite las declaraciones presentadas desde IPs extranjeras. Así que, antes de irte con tu ordenador creyendo que será suficiente, yo me aseguraría, porque si no puedes tendrás que prever esta circunstancia para que alguien presente la declaración en tu nombre. Y por favor, si te lo aclaran, vuelve por aquí para compartir la respuesta con todos nosotros.

      ¡Felices fiestas y buen viaje!

      Responder
      1. Pol

        Hola Marta, al final si que pudimos hacer los ivas 4t desde Argentina sin ningun problema! Eso si con el mismo portatil que ya tiene el certificado incorporado.
        Gracias por todo! Un abrazo

        Responder
  45. Blanca

    Hola Marta,

    si no has ejercido la actividad durante todo el periodo, tu declaración es a 0. ¿Eso implica que debes dejar absolutamente todos los campos en blanco salvo el par de casillas de abajo del todo donde se indica que no has ejercido la actividad? La duda me surge porque cuando intento introducir los ceros se me borran automáticamente.

    Muchas gracias!

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Asegúrate de marcar la casilla de «Sin actividad» y que el resultado final es 0, Blanca, y no deberías tener problemas.

      Responder
  46. Reyes

    Hola Marta:
    En primer lugar, enhorabuena por la página, es una tabla de salvación para muchos.
    Te comento mi problema: alquilo un local y acabo de presentar el 303 del cuarto trimestre. Después me he dado cuenta de que debía haber cumplimentado el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA», para no tener que presentar el 390. Además, cuanto intento cumplimentar el 390, no me aparece la clave 6 (Arrendamiento local de negocios) en el apartado 3. Datos estadísticos> Actividades a las que se refiere la declaración).
    ¿Qué tengo que hacer? ¿Presentar un nuevo 303? Si no, ¿qué clave debo poner en «Actividades a las que se refiere la declaración?
    Muchas gracias de antemano por tu ayuda y saludos.

    Responder
  47. Gabriel

    Hola Marta,
    me ha surgido una duda al cumplimentar la declaracion 303 de IVA del 4T de 2014:

    Los únicos ingresos que corresponden al alquiler de un local sin uso comercial. ( El uso que se establece por contrato es para reuniones sociales). Las facturas sólo llevan IVA nada de IRPF. Al terminar de rellenar el formulario y enviar aparece una advertencia en pantalla diciendo que si sólamente se declara alquiler de inmuebles , se puede seleccionar las casillas correspondientes en la misma hoja del 303 y de esta manera no tendré que presentar el resumen anual 390. Revisando los puntos del 303 encuentro que en efecto hay un apartado «actividad a la que se refiere la declaracion» con un desplegable en donde aparecen al final 2 opciones: 1) Alquiler de locales industriales y 2) Alquiler de viviendas
    ¿se corresponde alguna de estas dos opciones al caso que nos ocupa? o debo dejar esto sin marcar y proceder a rellenar el 390 ?

    Muchísimas gracias por tu atención,
    saludos cordiales

    Gabriel

    Responder
  48. ANGELES

    Hola!!
    He presentado el modelo 303 del 4T, pero estoy exenta de presentar el 390, pero tengo que hacer bien el 303, cómo tengo que hacer para modificar el 303? Tengo que hacer una complementaria? pero pondria otra vez la domiciliación? o cómo haría??
    Muchas gracias por tu ayuda.
    Un saludo

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Si ya has presentado el 303 y no han cumplimentado los casilleros para no hacer el 390, ya no hay nada que hacer. Me temo, Ángeles, que tendrás que hacer el 390 ahora. En la «Guía fácil del IVA» que está en el blog está explicado como hacer y presentar el 390, así que seguro que no tienes problemas.
      ¡Suerte!

      Responder
  49. María González

    Muchas gracias por todo cuanto explicas. Leyendo el problema de otro internauta he solucionado el mío. Me pasó como algun caso mas que leí; ayer hice lo del IVA con certificado digital, como siempre, pero me dio al final lo que nunca me saliera «no está presentado» pero sí me lo cargaran en la cuenta. Al leer el caso pude hacerlo hoy como «nuevo» pero introduciendo el NRC que me diera ayer nada mas que escogí «a ingresar» (como tu indicas) Para algunos no será problema equivocarse en eso, pero en 2012 por repetirla sin saberlo generé otra nueva y lo pagué dos veces. La verdad es que después de ir al día siguiente nerviosísima a Hacienda y rellenar la solicitud para la devolución por el error cometido, me lo devolvieron, pero ocho meses después; eso sí hasta habiendo sido por mi culpa me abonaron algunos euros de mas, imagino que por el retraso. De nuevo gracias.

    Responder
  50. Ernesto

    ¿Puede una sociedad usar la clavePIN24 para presentar y pagar el modelo 303 de IVA.

    Responder
  51. Beatriz Durán

    Buenos días!

    Simplemente darte las gracias por tu tiempo y estas guías. Me han servido de mucho, al igual que otros contenigos de la web.

    Enhorabuena y, de nuevo, muchas gracias.

    Un saludo,
    Beatriz Durán

    Responder
  52. tamara

    hola marta! me gustaria preguntarte en este segundo trimestre de IVA de 2015 como puedo fraccionar el pago, me sale una cuota de unos 500€ y no podríamos pagarla de golpe, he rellenado el modelo solicitando la domiciliacion porque quiero fraccionar, he leido que si aplazas te aplican un 20% de recargo como si estuvieses en via de apremio sin sancionarte, mi duda es si en el modelo se solicita el fraccionamiento o es a traves de una solicitud digamos general para cualquier tributo? muchisimas gracias!

    Responder
  53. mj16

    Buenos días, yo he realizado mi declaracion de IVA del 4T, modelo 303 y me salia una cantidad negativa, la cual he solicitado devolver. He realizado esto seleccionando «solicitud de devolucion» y rellenando mi numero de cuenta.
    Mi pregunta es, ¿con esto es suficiente? o ¿se necesita hacer algun otro trámite?
    muchas gracias de antemano. 🙂

    Responder
    1. Marta Lanza Autor

      Si lo has cumplimentado todo correctamente, no tienes que hacer nada más. Eso sí, no es descartable que la AEAT te haga una inspección 😉

      Responder
  54. Beatriz

    Hola, podrias decirme cual es el ultimo dia dia para presentar el 303 del 4t del 2015?
    Muchas gracias!

    Responder
  55. vanessa

    hola, gracias por toda la info, a los uevos nos viene de perlas, estoy confirmando con firma electrónica el modelo 303 y salen como ceros y cosas raras en la información, ¿ esto es normal???? me da miedo creer que está todo correcto y que luego no aparezcan mis datos en hacienda
    gracias

    Responder

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